Legislación española
BOE435 normas con texto completo. Fuente: Boletín Oficial del Estado.
Reglamento número 49 sobre prescripciones uniformes relativas a la homologación de motores diesel y a los vehículos que los montan, en lo relativo a las emisiones de gases contaminantes por ellos producidos, anejo al Acuerdo de Ginebra de 20 de marzo de 1958, relativo al cumplimiento de condiciones uniformes de homologaciones y reconocimientos recíprocos de la homologación de equipos y piezas de vehículos de motor. Incorpora la serie 01 de enmiendas que entró en vigor el 14 de mayo de 1990, la s
**Normas para reducir la contaminación de los motores diésel** Este reglamento establece unas reglas comunes para todos los países que se adhieren a él, con el fin de controlar la
Reglamento de ejecución común del Arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional de Marcas y del Protocolo concerniente a ese Arreglo (publicados en el «Boletín Oficial del Estado» de 20 de junio de 1979 y de 18 de noviembre de 1995) adoptado en Ginebra del 15 al 18 de enero de 1996.
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Reglamento número 40 sobre prescripciones uniformes relativas a la homologación de las motocicletas equipadas con motor de explosión en relación a las emisiones de gases contaminantes por el motor, anejo al Acuerdo de Ginebra de 20 de marzo de 1958, relativo al cumplimiento de condiciones uniformes de homologación y reconocimiento recíproco de la homologación de equipos y piezas de vehículos de motor, incluye la serie 01 de enmiendas, entradas en vigor el 31 de mayo de 1988, así como las correcc
**Normas para controlar las emisiones de las motocicletas** Este reglamento establece las reglas para homologar motocicletas con motor de explosión, asegurando que cumplan con uno
Reglamento número 57 sobre prescripciones uniformes relativas a la homologación de proyectores para motocicletas y vehículos asimilados, anejo al Acuerdo de Ginebra de 20 de marzo de 1958, relativo al cumplimiento y reconocimiento recíproco de la homologación de equipos y piezas de vehículos de motor.
**Réglementation des projecteurs pour deux-roues** Le règlement UE n° 57 du 21 février 1997 fixe les règles uniformes pour l’homologation des projecteurs à incandescence destinés a
Corrección de errores del Convenio para el reconocimiento recíproco de punzones de pruebas de armas de fuego portátiles y Reglamentos hechos en Bruselas el 1 de julio de 1969 («Boletín Oficial del Estado» número 228, de 22 de septiembre de 1973). Decisiones tomadas por la Comisión Internacional Permanente para la prueba de armas de fuego portátiles en su XXII Sesión Plenaria de septiembre-octubre de 1992, publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» número 291, de 3 de diciembre de 1996.
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Convenio para el reconocimiento recíproco de punzones de pruebas de armas de fuego portátiles y Reglamentos hechos en Bruselas el 1 de julio de 1969 («Boletín Oficial del Estado» número 228, de 22 de septiembre de 1973), decisiones tomadas por la Comisión Internacional Permanente para la Prueba de Armas de Fuego Portátiles en su XXIII Sesión Plenaria de mayo-junio 1994.
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Decreto 154/1996, de 7 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 64/1986, de 19 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y régimen jurídico de las Reclamaciones Económico-Administrativas que se produzcan en el ámbito de la gestión económico-financiera de la Comunidad de Madrid.
**Nuevas reglas para reclamaciones económicas en Madrid** Este decreto modifica un reglamento anterior de la Comunidad de Madrid que regula cómo se gestionan las reclamaciones eco
Convenio para el reconocimiento reciproco de punzones de pruebas de armas de fuego portátiles y Reglamentos hechos en Bruselas el 1 de julio de 1969 («Boletín Oficial del Estado» número 228, de 22 de septiembre de 1973), decisiones tomadas por la Comisión Internacional Permanente para la prueba de armas de fuego portátiles en su XXII sesión plenaria de septiembre-octubre de 1992.
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Modificaciones del Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), elaborado en Washington el 19 de junio de 1970 (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 7 de noviembre de 1989), aprobadas por la Asamblea de la Unión PCT el 29 de septiembre de 1993.
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Reforma del Reglamento del Congreso de los Diputados por la que se modifica el artículo 46.1, aprobada el 26 de septiembre de 1996.
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Enmiendas al Reglamento relativo al Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril (RID) («Boletín Oficial del Estado» de 20 al 26 de agosto de 1986, 30 de diciembre de 1988, 21 de noviembre de 1989 y de 30 de junio de 1993). Anejo al Convenio relativo a los Transportes Internacionales por Ferrocarril (COTIF) (Berna, 9 de mayo de 1980, «Boletín Oficial del Estado» de 18 de enero de 1986), adoptadas en la 29.ª sesión de la Comisión de Expertos para el Transporte de Mercancías P
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Corrección de errores del Acuerdo de 7 de junio de 1995, del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publican los Reglamentos de la Carrera Judicial, de la Escuela Judicial, de los Jueces de Paz, de los órganos de gobierno de Tribunales y de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales, así como de la relación de ficheros de carácter personal existentes en el Consejo General del Poder Judicial.
**Corrección de errores en normativas judiciales** Este documento se refiere a una corrección de errores detectados en varios reglamentos que regulan aspectos de la carrera judici
Acuerdo de 20 de diciembre de 1995, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se modifica la disposición final cuarta del Acuerdo del mismo Pleno de 7 de junio de 1995, en el particular relativo a la entrada en vigor del título III del Reglamento 5/1995, de 7 de junio, sobre el servicio de guardia.
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Acuerdo de 20 de diciembre de 1995, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se modifica la disposición final cuarta del Acuerdo del mismo Pleno de 7 de junio de 1995 en el particular relativo a la entrada en vigor del título III del Reglamento número 5/1995, de 7 de junio, sobre el servicio de guardia.
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Reforma del artículo 100 del Reglamento del Senado, aprobada el día 24 de octubre de 1995.
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Canje de Notas de fechas 21 de mayo de 1992 y 24 de febrero de 1995, constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y la República Portuguesa por el que se establece el Reglamento de Caza en las aguas y márgenes del tramo internacional del río Miño.
**Reglas para cazar en el río Miño** Este acuerdo entre España y Portugal establece cómo se debe cazar en las aguas y orillas del tramo del río Miño que comparten. El objetivo es
Reglamento número 7 sobre prescripciones uniformes relativas a la homologación de las luces de posición delanteras y traseras, de las luces de parada y de las luces de galibo de los vehículos de motor (con excepción de las motocicletas) y de sus remolques. Anejo al Acuerdo de Ginebra de 20 de marzo de 1958, relativo a la adopción de condiciones uniformes de homologación y al reconocimiento reciproco de la homologación de los equipos y piezas de vehículos de motor (publicados en el «Boletín Ofici
**Normas para las luces de tu coche y remolque** Este reglamento establece las reglas técnicas que deben cumplir las luces de posición delanteras y traseras, las luces de freno y
Revisión parcial del Reglamento de Radiocomunicaciones y de los apéndices a dicho Reglamento adoptados el 3 de marzo de 1992 en la Conferencia Administrativa Mundial de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), celebrada en Málaga, Torremolinos.
**Révision partielle du règlement des radiocommunications** La révision partielle du règlement des radiocommunications, adoptée le 3 mars 1992 à la Conférence administrative mondia
Reglamento número 84 sobre prescripciones uniformes relativas a la homologación de los vehículos de turismo equipados con motor de combustión interna, en lo que respecta a las mediciones de consumo de combustible, anejo al Acuerdo de Ginebra de 20 de marzo de 1958, relativo al cumplimiento de condiciones uniformes de homologación y reconocimiento recíproco de la homologación de equipos y piezas de vehículos de motor.
**Normas para medir el consumo de combustible de los coches** Este reglamento establece cómo se deben medir de forma uniforme el consumo de combustible de los coches de turismo y
Reglamento número 38 sobre prescripciones uniformes relativas a la homologación de las luces antinieblas traseras para los vehículos a motor y sus remolques. Anejo al Acuerdo de Ginebra de 20 de marzo de 1958, relativo a la adopción de condiciones uniformes de homologación y al reconocimiento recíproco de la homologación de los equipos y piezas de vehículos de motor (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 25 de mayo de 1982), enmienda 2 (suplementos 2 y 3), al presente Reglamento en su
**Luces antiniebla traseras más seguras y homologadas** Este reglamento establece las normas técnicas que deben cumplir las luces antiniebla traseras de los vehículos a motor y su
Reglamento número 23 sobre prescripciones uniformes relativas a la homologación de los proyectores de marcha atrás para los vehículos automóviles y sus remolques, anejo al acuerdo de Ginebra de 20 de marzo de 1958, relativo a la adopción de condiciones uniformes de homologación y al reconocimiento recíproco de la homologación de los equipos y piezas de vehículos de motor (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 19 de septiembre de 1983), revisión 1 (suplementos 1, 2, 3 y 4), al presente
**Luces de marcha atrás más seguras en tu coche** Este reglamento establece las normas para que las luces de marcha atrás de los coches y sus remolques cumplan unos requisitos de
Reglamento número 7 sobre prescripciones uniformes relativas a la homologación de las luces de posición delanteras y traseras, de las luces de parada y de las luces de gálibo de los vehículos de motor (con excepción de las motocicletas) y de sus remolques. Anejo al Acuerdo de Ginebra de 20 de marzo de 1958, relativo a la adopción de condiciones uniformes de homologación y al reconocimiento recíproco de la homologación de los equipos y piezas de vehículos de motor (publicado en el «Boletín Oficia
**Normas para las luces de tu coche** Este reglamento establece las reglas técnicas para las luces de posición, de parada y de gálibo de los vehículos de motor, excluyendo las mot
Reglamento número 85, sobre prescripciones uniformes relativas a la homologación de los motores de combustión interna, concebidos para la propulsión de vehículos a motor de categorías M y N en lo que respecta a la medición de la potencia neta, Anejo al Acuerdo de Ginebra, de 20 de marzo de 1958, relativo al cumplimiento de condiciones uniformes de homologación y reconocimiento reciproco de la homologación de equipos y piezas de vehículos de motor.
**Normas para medir la potencia de los motores de los coches** Este reglamento establece cómo se debe medir la potencia de los motores de los vehículos de pasajeros y de transport
Reglamento número 56 sobre prescripciones uniformes relativas a la homologación de los proyectores para ciclomotores y vehículos tratados como tales, anejo al Acuerdo de Ginebra de 20 de marzo de 1958, relativo al cumplimiento de condiciones uniformes de homologación y reconocimiento recíproco de la homologación de equipos y piezas de vehículos de motor.
**Normas para las luces de ciclomotores y vehículos similares** Este reglamento establece las reglas que deben cumplir los faros de los ciclomotores y vehículos que se consideran
Reglamento número 16 sobre prescripciones uniformes relativas a la homologación de cinturones de seguridad y dispositivos de retención para los ocupantes adultos de vehículos automóviles, anejo al Acuerdo de Ginebra de 20 de marzo de 1958, relativo a la adopción de condiciones uniformes de homologación y al reconocimiento recíproco de la homologación de los equipos y piezas de vehículos de motor (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 23 de noviembre de 1972). Revisión 3 que incorpora l
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Decisión de 9 de diciembre de 1993, del Consejo de Administración de la Organización Europea de Patentes, por la que se modifica el Reglamento de ejecución del Convenio sobre la Patente Europea.
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Acuerdo de 5 de octubre de 1994, del Pleno del Tribunal Constitucional, por el que se modifica parcialmente el Reglamento de Organización y Personal del Tribunal Constitucional de 5 de julio de 1990.
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Reforma del Reglamento de la Diputación General de La Rioja, aprobada en sesión de 30 de junio de 1994.
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Reforma del Reglamento de las Cortes Valencianas, aprobada por el Pleno de las Cortes Valencianas, en sesión de 30 de junio de 1994.
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Corrección de errores del Reglamento del Congreso de los Diputados sobre publicidad de las Comisiones de Investigación, aprobada el día 16 de junio de 1994.
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