Resolución de 17 de diciembre de 1990, de la Dirección General de Trabajo, por la que se aprueba la publicación de las fiestas laborales para el año 1991.
Publicación de las fiestas laborales de 1991 Esta resolución aprueba la lista oficial de días festivos que se aplicarán en todo el territorio nacional durante el año 1991. Su objet … leer más
Publicación de las fiestas laborales de 1991
Esta resolución aprueba la lista oficial de días festivos que se aplicarán en todo el territorio nacional durante el año 1991. Su objetivo es que todos los ciudadanos y trabajadores conozcan de antemano cuáles serán los días no laborables a nivel estatal y autonómico.
Lo que cambia concretamente es la publicación oficial de estas fechas. Las Comunidades Autónomas enviaron sus propuestas de fiestas al Ministerio de Trabajo, y esta resolución las recoge para que sean de conocimiento general. Permite además que las autonomías sustituyan fiestas nacionales que caigan en domingo por otras tradicionales propias.
Esta resolución entró en vigor el 25 de diciembre de 1990, fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, para que las fiestas laborales del año 1991 fueran conocidas con antelación.
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💬 Contexto ciudadano
Antes de esta resolución, la determinación de las fiestas laborales seguía un proceso establecido por el Real Decreto 2001/1983. Las Comunidades Autónomas tenían la potestad de proponer sus días festivos, los cuales debían ser aprobados y publicados a nivel nacional. Esta normativa se alinea con la práctica general en España y con directrices europeas que buscan armonizar ciertos aspectos laborales. La Dirección General de Trabajo, como órgano competente, garantiza la difusión oficial de estas fechas, permitiendo a trabajadores y empresas planificar con antelación, lo cual es fundamental para la organización del trabajo y la economía. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────