Resolución de 4 de noviembre de 2011, de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se difiere el plazo reglamentario de ingreso de las cuotas de la Seguridad Social correspondiente a los períodos de liquidación de noviembre y diciembre de 2011 a las empresas que den de alta a personas que participen en programas de formación, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre.
Aplazamiento del pago de la Seguridad Social para empresas con formadores Esta medida afecta a las empresas que contratan a personas para participar en programas de formación. Ante … leer más
Aplazamiento del pago de la Seguridad Social para empresas con formadores
Esta medida afecta a las empresas que contratan a personas para participar en programas de formación. Anteriormente, estas empresas debían pagar las cuotas de la Seguridad Social de estos trabajadores en los plazos habituales. Ahora, se les permite retrasar este pago para facilitar la gestión económica.
Concretamente, las empresas que incorporen a personas en programas de formación según el Real Decreto 1493/2011 podrán pagar las cuotas de la Seguridad Social correspondientes a los meses de noviembre y diciembre de 2011 más tarde de lo normal. Este pago se pospone hasta febrero de 2012.
La resolución que permite este aplazamiento entró en vigor el 12 de noviembre de 2011, aunque el Real Decreto que la motiva es de octubre de 2011. La medida busca dar un respiro económico a las empresas que apuestan por la formación de nuevos profesionales.
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💬 Contexto ciudadano
Hasta la entrada en vigor del Real Decreto 1493/2011, la inclusión de participantes en programas de formación en la Seguridad Social no estaba claramente definida, generando incertidumbre. Esta norma nacional equipara a las entidades financiadoras de dichos programas con empresarios a efectos de Seguridad Social, obligándoles a cotizar. Ante la posible carga económica inicial, la Tesorería General de la Seguridad Social decidió aplazar el pago de las cuotas de noviembre y diciembre de 2011 hasta febrero de 2012. Esta medida, de ámbito nacional, busca facilitar la implementación del nuevo marco regulatorio, a diferencia de otras normativas autonómicas o europeas que podrían tener enfoques distintos en la formación profesional y su cobertura social. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────