Acuerdo de 17 de junio de 1981 de Cooperación Técnica entre el Gobierno de Costa Rica y el Gobierno de España, complementario del Convenio de Cooperación Social Hispano-Costarricense para el desarrollo de un programa en materia socio-laboral en Costa Rica, firmado en Madrid.
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editori … leer más
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Acuerdo de 17 de junio de 1981 de Cooperación Técnica entre el Gobierno de Costa ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════
1. QUÉ RESUELVE El Acuerdo de 17 de junio de 1981 entre el Gobierno de Costa Rica y el Gobierno de España establece un marco de cooperación técnica para el desarrollo de programas socio-laborales en Costa Rica, complementario del Convenio de Cooperación Social firmado en 1966. Define las responsabilidades de ambas partes, incluyendo la envío de misiones de expertos españoles y la coordinación institucional para su implementación.
2. CONTEXTO El acuerdo surge como complemento del Convenio de Cooperación Social Hispano-Costarricense de 1966, que ya establecía colaboración en áreas socio-laborales. En 1981, ambos países acordaron profundizar esta cooperación mediante un programa específico, con un enfoque en la formación, investigación y mejora de políticas laborales. La vigencia del acuerdo se estableció a partir del 1 de enero de 1982.
3. CONTENIDO JURÍDICO El acuerdo detalla las obligaciones de España y Costa Rica para la ejecución del programa socio-laboral. Artículo I establece que los órganos ejecutores serán el Ministerio de Trabajo español y, en Costa Rica, la Presidencia de la República a través del Sistema Nacional de Atención a la Familia (SINAF), el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), el Ministerio de Educación Pública a través del Centro de Investigación y Perfeccionamiento del Profesorado de Educación Técnica (CIPET) y el Consejo Portuario Nacional. Las acciones se desarrollarán entre 1980 y 1984.
Artículo II detalla las obligaciones de España, incluyendo la envío de misiones de expertos para asesorar a los institutos mencionados. Cada misión tiene un periodo de duración específico: 60 meses para SINAF y INA, 40 meses para CIPET y 60 meses para el Consejo Portuario Nacional. Artículo III exige que Costa Rica facilite apoyo logístico, como oficinas, mobiliario, transporte y alojamiento para los expertos, así como inmunidades diplomáticas. Artículo VII establece reuniones periódicas entre representantes de ambas partes para evaluar el progreso y ajustar el programa.
El acuerdo entró en vigor el 1 de enero de 1982, según el Artículo VIII, y fue firmado en Madrid el 17 de junio de 1981. La vigencia se confirmó mediante un comunicado oficial del Secretario General Técnico de España, José Cuenca Anaya, el 12 de enero de 1982.
4. CONCLUSIÓN SIMPLE El acuerdo refuerza la cooperación bilateral en áreas socio-laborales, con un enfoque en la formación y mejora institucional. Establece mecanismos de coordinación y apoyo logístico, garantizando la implementación efectiva del programa. Su vigencia se consolidó en 1982, marcando un hito en la relación entre ambos países.
5. PUNTOS CLAVE ✅ Órganos ejecutores: Ministerio de Trabajo (España), SINAF, INA, CIPET y Consejo Portuario Nacional (Costa Rica). ⚠️ Duración de misiones: 60 meses para SINAF y INA, 40 meses para CIPET, 60 meses para el Consejo Portuario Nacional. 📋 Obligaciones de España: Envío de expertos y apoyo logístico. ℹ️ Monitoreo: Reuniones periódicas para evaluar y ajustar el programa.
6. FICHA
Palabras totales: 680.
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💬 Contexto ciudadano
Antes del Acuerdo de 1981, existía el Convenio de Cooperación Social Hispano-Costarricense de 1966, que establecía una base para la colaboración socio-laboral entre España y Costa Rica. Este acuerdo fue complementado en 1981 con un marco más específico de cooperación técnica, que detalló responsabilidades institucionales y mecanismos de implementación. La importancia de este contexto comparativo radica en que muestra el desarrollo de la cooperación bilateral desde un acuerdo general a un programa estructurado, reflejando la evolución de la relación entre ambos países en materia de desarrollo socio-laboral, con implicaciones en la política, la formación y la institucionalidad.