Corrección de erratas del Real Decreto 2158/1984, de 28 de noviembre, por el que se establece el calendario laboral para el año 1985.
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editori … leer más
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Corrección de erratas del Real Decreto 2158/1984, de 28 de noviembre, por el que ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════
1. QUÉ RESUELVE El Real Decreto corrige una errata en la redacción del artículo 1 del Real Decreto 2158/1984, que establecía el calendario laboral para el año 1985, modificando el término "días hábiles" por "días inhábiles".
2. CONTEXTO El Real Decreto 2158/1984, publicado en el Boletín Oficial del Estado el 3 de diciembre de 1984, establecía el calendario laboral para el año 1985. Durante su publicación, se detectó un error en la redacción del artículo 1. Este error afectaba la correcta interpretación del calendario laboral. La corrección busca garantizar la precisión del texto legal y evitar confusiones en la aplicación de las normas laborales.
3. CONTENIDO JURÍDICO El Real Decreto corrige una errata en la redacción del artículo 1 del Real Decreto 2158/1984, que establecía el calendario laboral para el año 1985. El error consistía en la utilización del término "días hábiles" en lugar de "días inhábiles", lo cual generaba una posible ambigüedad en la interpretación del calendario laboral. La corrección se efectúa mediante la modificación del texto del artículo 1, cambiando "días hábiles" por "días inhábiles", tal como se indica en el texto de la rectificación: "Donde dice: 'Articulo 1.º Los días hábiles a efectos laborales, retribuidos y no recuperables, en el año 1985 serán los siguientes:', debe decir: 'Articulo 1.º Los días inhábiles, a efectos laborales, retribuidos y no recuperables en el año 1985 serán los siguientes:'." Esta corrección se realiza en el marco de la publicación del Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado número 289, de fecha 3 de diciembre de 1984, página 34853, columna segunda. La errata se corrige mediante la transcripción de la rectificación, que se inserta en el texto del Real Decreto. La corrección no modifica el contenido sustancial del calendario laboral, sino que solo corrige un error de redacción. La norma se aplica a todos los trabajadores que estaban sujetos al calendario laboral establecido para el año 1985. La corrección busca garantizar la precisión del texto legal y evitar confusiones en la aplicación de las normas laborales. No se introduce ninguna nueva regulación, sino que se corrige una errata previa. La errata afectaba la correcta interpretación del calendario laboral, lo que podría haber generado confusiones en la aplicación de las normas laborales. La corrección se efectúa mediante la modificación del texto del artículo 1, sin alterar el resto del contenido del Real Decreto. La norma se aplica a todos los trabajadores que estaban sujetos al calendario laboral establecido para el año 1985.
4. CONCLUSIÓN SIMPLE El Real Decreto corrige una errata en la redacción del artículo 1 del Real Decreto 2158/1984, que establecía el calendario laboral para el año 1985. La corrección modifica el término "días hábiles" por "días inhábiles" para garantizar la precisión del texto legal. No se introduce ninguna nueva regulación, sino que se corrige un error previo.
5. PUNTOS CLAVE ✅ Corrección de errata: Se corrige un error en la redacción del artículo 1 del Real Decreto 2158/1984. ⚠️ Error de redacción: El término "días hábiles" se cambia por "días inhábiles" para evitar ambigüedad. 📋 Publicación en el B.O.E.: La corrección se publica en el Boletín Oficial del Estado número 289, de fecha 3 de diciembre de 1984. ℹ️ Aplicación a trabajadores: La corrección afecta a todos los trabajadores que estaban sujetos al calendario laboral del año 1985.
6. FICHA
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