Real Decreto 2515/1986, de 21 de noviembre, por el que se regulan las condiciones y límites en que determinados puestos de trabajo en Centros públicos de investigación pueden ser autorizados como de prestación a tiempo parcial.
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editori … leer más
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 2515/1986, de 21 de noviembre, por el que se regulan las condicione ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════
1. QUÉ RESUELVE El Real Decreto 2515/1986 regula las condiciones para autorizar puestos de trabajo de investigación a tiempo parcial en centros públicos de investigación, compatibles con funciones docentes de catedráticos y profesores titulares universitarios. Establece requisitos de autorización, horarios mínimos y máximos, y ajustes salariales.
2. CONTEXTO La Ley 53/1984 permite a ciertos profesores universitarios compatibilizar su función docente con puestos investigadores en centros públicos de investigación, siempre que ambos puestos estén autorizados como a tiempo parcial. El Real Decreto 898/1985 regula el régimen de trabajo a tiempo parcial para el profesorado universitario, pero no aborda la investigación. Por ello, se necesitaba una norma específica para los puestos investigadores.
3. CONTENIDO JURÍDICO El Real Decreto 2515/1986 se basa en el artículo 4.2 de la Ley 53/1984, que permite la compatibilidad de funciones docentes e investigadoras, siempre que ambos puestos estén autorizados como a tiempo parcial. El texto establece que los puestos de investigación en centros públicos pueden ser autorizados como a tiempo parcial, siempre que se cumplan condiciones específicas.
Artículo 1: Los puestos de trabajo exclusivamente investigadores en centros públicos de investigación pueden desempeñarse en régimen de dedicación a tiempo parcial.
Artículo 2: 1. Los ministerios dependientes o adscritos a los centros autorizarán los puestos investigadores a tiempo parcial, a propuesta del director del centro. 2. Fijarán jornadas de trabajo con un mínimo de 20 y máximo de 30 horas semanales, distribuidas diariamente en horario igual y sin interrupción. 3. La relación de puestos autorizados se comunicará a la Secretaría de Estado para la Administración Pública.
Artículo 3: El personal que desempeñe puestos a tiempo parcial experimentará una reducción proporcional en sus retribuciones básicas y complementarias, según la reducción horaria. Las retribuciones docentes se ajustarán al Real Decreto 989/1986, sin perjuicio de limitaciones legales.
Disposiciones finales:
4. CONCLUSIÓN SIMPLE El Real Decreto 2515/1986 establece un marco para la compatibilidad de funciones docentes e investigadoras en centros públicos de investigación, con condiciones claras sobre autorización, horarios y ajustes salariales. Su objetivo es regular la prestación de servicios a tiempo parcial en un ámbito previamente no regulado.
5. PUNTOS CLAVE ✅ Compatibilidad de funciones: Permite a catedráticos y profesores titulares compatibilizar su labor docente con puestos investigadores, siempre que ambos estén autorizados como a tiempo parcial. ⚠️ Autorización ministerial: Los ministerios deben autorizar los puestos investigadores a tiempo parcial, basándose en propuestas del director del centro. 📋 Horarios y jornadas: Se establecen jornadas mínimas (20 horas) y máximas (30 horas) semanales, distribuidas sin interrupción. ℹ️ Ajuste salarial: La reducción de retribuciones es proporcional a la reducción horaria, manteniéndose las condiciones docentes según el Real Decreto 989/1986.
6. FICHA
Palabras clave: compatibilidad laboral, tiempo parcial, investigación, retribuciones, autorización ministerial.
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