Resolución de 27 de diciembre de 2016, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se establece, a efectos de cómputos de plazos, el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2017.
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editori … leer más
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 27 de diciembre de 2016, de la Secretaría de Estado de Función Púb ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════
1. QUÉ RESUELVE La Resolución de 27 de diciembre de 2016 establece el calendario de días inhábiles para el año 2017 en la Administración General del Estado, siguiendo el marco legal definido en la Ley 39/2015.
2. CONTEXTO Esta norma se publicó en el Boletín Oficial del Estado y se basa en la Ley 39/2015, que exige a la Administración General del Estado fijar un calendario de días inhábiles para el cómputo de plazos. La Resolución de 4 de octubre de 2016, de la Dirección General de Empleo, establece el calendario laboral oficial para 2017. La presente Resolución se emite en cumplimiento de este marco legal y se ajusta a la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
3. CONTENIDO JURÍDICO La Resolución de 27 de diciembre de 2016, de la Secretaría de Estado de Función Pública, establece el calendario de días inhábiles para el año 2017 en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, con el fin de regular el cómputo de plazos en el ámbito de la Administración Pública. Este calendario se basa en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que la Administración General del Estado debe fijar, en su ámbito, el calendario de días inhábiles, sujeto al calendario laboral oficial.
El artículo 30.7 de la Ley 39/2015 establece que la Administración General del Estado fija el calendario de días inhábiles, sujeto al calendario laboral oficial, que ha sido publicado en la Resolución de 4 de octubre de 2016, de la Dirección General de Empleo. El artículo 30.8 de la misma ley indica que la declaración de un día como hábil o inhábil no determina por sí sola el funcionamiento de los centros de trabajo, la organización del tiempo de trabajo ni el acceso de los ciudadanos a los registros.
La Resolución establece que el calendario de días inhábiles se publicará antes del comienzo de cada año en el Boletín Oficial del Estado y en otros medios de difusión que garanticen su conocimiento por los ciudadanos.
La Resolución se emite en virtud del Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, que establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. En su contenido, la Resolución establece que los días inhábiles son: a) En todo el territorio nacional: los sábados, los domingos y los días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles, o sobre las que la totalidad de las Comunidades Autónomas no ha ejercido la facultad de sustitución. b) En el ámbito territorial de las Comunidades Autónomas: aquellos días determinados por cada Comunidad Autónoma como festivos. c) En los ámbitos territoriales de las Entidades que integran la Administración General del Estado, se aplican los días festivos establecidos por las Comunidades Autónomas correspondientes.
Además, la Resolución incluye un listado detallado de días festivos por Comunidades Autónomas, como por ejemplo, en la Comunidad Autónoma de Canarias, se menciona el Decreto 50/2016, de 9 de mayo, que establece el calendario de fiestas laborales para 2017, con festividades específicas en cada isla. En Cataluña, la Orden TSF/137/2016, de 30 de mayo, establece que una de las trece fiestas mencionadas será recuperable, y en el territorio de Arán, la fiesta del 26 de diciembre queda sustituida por la del 17 de junio.
Esta norma se complementa con las resoluciones y decretos de las Comunidades Autónomas, que establecen sus propios días festivos, que se aplican en el ámbito territorial de cada una.
4. CONCLUSIÓN SIMPLE La Resolución de 27 de diciembre de 2016 establece el calendario de días inhábiles para el año 2017 en la Administración General del Estado, siguiendo el marco legal definido en la Ley 39/2015. Este calendario se publica en el Boletín Oficial del Estado y se aplica en función del calendario laboral oficial y de las festividades establecidas por las Comunidades Autónomas.
5. PUNTOS CLAVE ✅ Calendario de días inhábiles: Se establece para el año 2017, siguiendo el marco legal de la Ley 39/2015. ⚠️ No determina funcionamiento de centros de trabajo: La declaración de días inhábiles no implica que los centros de trabajo estén cerrados. 📋 Publicación obligatoria: El calendario se publica en el Boletín Oficial del Estado y en otros medios de difusión. ℹ️ Aplicación por Comunidades Autónomas: Se consideran días inhábiles los festivos establecidos por cada Comunidad Autónoma.
6. FICHA
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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Resolución de 2016, la Administración General del Estado seguía un calendario de días inhábiles definido en normas anteriores, como la Resolución de 2015, que se ajustaba a la Ley 39/2015. Esta norma establece un marco común para todas las Comunidades Autónomas y la Unión Europea, garantizando la uniformidad en el cómputo de plazos en asuntos administrativos. Es importante porque asegura la transparencia y la previsibilidad en la gestión pública, facilitando la aplicación uniforme de plazos en todo el territorio nacional y en el ámbito europeo.