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IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial
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Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable
Jurisdicción: ES
Fecha de generación: 2026-05-27
Fuente original: ES-BOE — Ley 2/2017, de 24 de marzo, por la que se modifica la Ley 5/2015, de 26 de marzo
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1. QUÉ RESUELVE
La Ley 2/2017 modifica la Ley 5/2015 para ajustar el plazo de solicitud de autorización para el inicio de actividades de la Universidad Internacional de Canarias y cambia su denominación a Universidad del Atlántico Medio.
2. CONTEXTO
Esta norma fue aprobada por el Parlamento de Canarias y promulgada por el Presidente del Gobierno de Canarias, Fernando Clavijo Batlle, el 24 de marzo de 2017. Se publicó en el Boletín Oficial de Canarias el 30 de marzo del mismo año. La modificación se produce en el marco del reconocimiento de la universidad privada y su funcionamiento conforme a la normativa vigente.
3. CONTENIDO JURÍDICO
La Ley 2/2017, de 24 de marzo, modifica la Ley 5/2015, de 26 de marzo, de reconocimiento de la Universidad Internacional de Canarias, con el objetivo de ajustar el plazo para solicitar la autorización para el inicio de actividades y cambiar su denominación a "Universidad del Atlántico Medio", con sede en Las Palmas de Gran Canaria.
La modificación se basa en el artículo 2 de la Ley 5/2015, que establece el plazo para solicitar la autorización para el inicio de actividades. Según el texto de la Ley 2/2017, este plazo se computará a partir de la entrada en vigor de la ley de reconocimiento, lo que implica que el plazo se ajusta a partir de la fecha de publicación de la Ley 5/2015.
Además, la Ley 2/2017 introduce una disposición adicional única que establece que todas las referencias a la Universidad Internacional de Canarias se entenderán efectuadas a la Universidad del Atlántico Medio a partir de la entrada en vigor de esta norma.
En cuanto al régimen jurídico de las universidades privadas, se refiere a la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, que establece que las universidades privadas se regirán por esta ley, así como por las normas que dicten el Estado y las comunidades autónomas, en el ejercicio de sus respectivas competencias.
La Ley 2/2017 también incluye una disposición final primera que autoriza al Gobierno de Canarias a dictar disposiciones necesarias para el desarrollo de la presente ley. La disposición final segunda establece que la ley entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias. La disposición final tercera establece el cálculo del plazo previsto para solicitar la autorización para el inicio de actividades, que se computará a partir de la entrada en vigor de la ley de reconocimiento.
La norma también se alinea con el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, y con otras normas vigentes, incluida la regulación de la adecuación de titulaciones universitarias al Espacio Europeo de Educación Superior.
En cuanto a la autorización para el inicio de actividades, el artículo 3 de la Ley 2/2017 establece que, excepcionalmente, podrá autorizarse el inicio de las actividades en una ubicación provisional diferente de la prevista inicialmente, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la normativa aplicable y se hayan asumido compromisos por la entidad promotora. Esta autorización perderá sus efectos una vez transcurrido el plazo de cinco años.
Esta norma se enmarca en el marco de la autonomía educativa de Canarias, regulada por el Estatuto de Autonomía de Canarias, y refleja la voluntad del Parlamento de Canarias de adaptar y regular el funcionamiento de la Universidad Internacional de Canarias, ahora denominada Universidad del Atlántico Medio, para garantizar su adecuación a los estándares educativos vigentes.
4. CONCLUSIÓN SIMPLE
La Ley 2/2017 modifica el plazo para solicitar la autorización para el inicio de actividades de la Universidad Internacional de Canarias y cambia su denominación. La norma se publicó en el Boletín Oficial de Canarias y entró en vigor el día siguiente a su publicación. Se aplica a la Universidad del Atlántico Medio, con sede en Las Palmas de Gran Canaria.
5. PUNTOS CLAVE
✅ Modificación del plazo para la autorización: Se establece que el plazo para solicitar la autorización se computará a partir de la entrada en vigor de la ley de reconocimiento.
⚠️ Cambio de denominación: La Universidad Internacional de Canarias pasa a llamarse Universidad del Atlántico Medio.
📋 Autorización provisional: Se permite el inicio de actividades en ubicación provisional, siempre que se cumplan requisitos y compromisos.
ℹ️ Entrada en vigor: La ley entró en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
6. FICHA
Jurisdicción: Canarias
Fuente: Boletín Oficial de Canarias
Tipo: Ley Ordinaria
Fecha: 24 de marzo de 2017
Materias: Educación, Universidades, Autonomía, Regulación de centros educativos
Relevancia: ALTA──────────────────────────────────────────────────────────────────
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