Resolución de 22 de febrero de 2019, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 7 febrero de 2019, conjunta de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional y la Secretaría de Estado de Universidades, Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se establecen las adaptaciones de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad a las necesidades y situación de los centros españoles situados en el exterior del territorio nacional, los programas educativos en el exterior, los programas internacionales, los alumnos procedentes de sistemas educativos extranjeros y las enseñanzas a distancia, para el curso 2018-2019.
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editori … leer más
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 22 de febrero de 2019, de la Subsecretaría, por la que se publica ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════
1. QUÉ RESUELVE La Resolución establece las adaptaciones de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad en el curso 2018-2019, considerando centros españoles en el exterior, programas educativos internacionales, alumnos de sistemas educativos extranjeros y enseñanzas a distancia.
2. CONTEXTO La norma se publica en el Boletín Oficial del Estado el 22 de febrero de 2019, como anejo a una Resolución conjunta firmada el 7 de febrero de 2019 por las Secretarías de Estado de Educación y de Universidades, Investigación, Desarrollo e Innovación. Esta norma se enmarca en la Ley Orgánica 2/2006 de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, que establece la evaluación individualizada al finalizar la etapa de Bachillerato. El Real Decreto 310/2016 regula las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato, dando lugar a esta normativa específica.
3. CONTENIDO JURÍDICO La Resolución conjunta de 7 de febrero de 2019, publicada el 22 de febrero de 2019, establece las adaptaciones de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad en el curso 2018-2019, con especial atención a los centros españoles en el exterior, los programas educativos internacionales, los alumnos procedentes de sistemas educativos extranjeros y las enseñanzas a distancia. La norma se fundamenta en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, que en su artículo 36 bis establece la realización de una evaluación individualizada al finalizar la etapa de Bachillerato.
El Real Decreto 310/2016, de 29 de julio, por el que se regulan las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato, establece que el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Universidades, a través del Consejo de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), debe dictar las normas necesarias para la aplicación de dichas evaluaciones. La Resolución conjunta desarrolla esta normativa, estableciendo que las pruebas de Bachillerato se realizarán en los centros de examen de la UNED o en lugares acordados por el órgano competente de esta universidad.
Además, se establece que, siempre que el número de estudiantes lo justifique, la UNED podrá organizar la prueba en aquellos países donde exista una Consejería de Educación o una Oficina con funciones delegadas en la Embajada de España. La norma también se refiere a las materias que componen las pruebas de Bachillerato, detallando los bloques de asignaturas troncales generales y de opción según modalidad.
En el bloque de asignaturas troncales generales se incluyen: Historia de España, Lengua Castellana y Literatura II, Primera Lengua Extranjera II, Matemáticas II, Latín II y Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales II. En el bloque de asignaturas troncales de opción, se distinguen entre Ciencias (Biología, Dibujo técnico II, Física, Química) y Humanidades y Ciencias Sociales (Economía de la Empresa, Geografía, Historia del Arte, Historia de la Filosofía).
La Resolución también establece que las pruebas versarán sobre las materias definidas en la Orden PCI/12/2019, de 14 de enero, que detalla las características, el diseño y el contenido de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad, así como las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas en el curso 2018-2019.
Finalmente, se establece que la presente Resolución entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, y se firma por el Secretario de Estado de Educación y Formación Profesional, Alejandro Tiana Ferrer, y por la Secretaria de Estado de Universidades, Investigación, Desarrollo e Innovación, Ángeles Heras Caballero.
4. CONCLUSIÓN SIMPLE La Resolución establece las adaptaciones necesarias para la evaluación de Bachillerato en el exterior y en modalidades especiales. Establece las materias, lugares y fechas de las pruebas. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación.
5. PUNTOS CLAVE ✅ Establece adaptaciones para centros españoles en el exterior, programas internacionales y enseñanzas a distancia. ⚠️ Las pruebas se realizarán en centros de examen de la UNED o en lugares acordados. 📋 Detalla las materias de las pruebas según bloques generales y de opción. ℹ️ La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.
6. FICHA
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💬 Contexto ciudadano
Antes de esta resolución, la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad, establecida por la Ley Orgánica de Educación y desarrollada por Reales Decretos, se aplicaba de forma general. Esta normativa estatal, que buscaba unificar los criterios de acceso a la educación superior, se diferenciaba de las normativas autonómicas en su alcance nacional. La presente resolución, aprobada por las Secretarías de Estado de Educación y Universidades, introduce adaptaciones específicas para colectivos con circunstancias particulares, como centros en el exterior o alumnos de sistemas educativos extranjeros, algo que no estaba contemplado de forma tan detallada en la legislación previa. Esta diferencia es crucial para el ciudadano, ya que garantiza la equidad y el acceso a la universidad a estudiantes que, de otro modo, podrían enfrentar barreras insuperables debido a su ubicación o itinerario educativo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────