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IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial
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Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable
Jurisdicción: ES
Fecha de generación: 2026-05-27
Fuente original: ES-BOE — Resolución de 25 de marzo de 2019, de la Secretaria de Estado de Migraciones, po
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1. QUÉ RESUELVE
La Resolución de 25 de marzo de 2019 establece el procedimiento para la documentación de los ciudadanos del Reino Unido residentes en España y sus familiares, así como de los trabajadores fronterizos, en caso de que el Reino Unido abandone la Unión Europea sin acuerdo previo.
2. CONTEXTO
El Reino Unido notificó su decisión de abandonar la Unión Europea el 29 de marzo de 2017, según el artículo 50 del Tratado de la Unión Europea. Si no se alcanza un acuerdo, el Reino Unido dejará de ser miembro de la UE el 30 de marzo de 2019, convirtiéndose en un tercer país. Esta norma busca garantizar la continuidad de la documentación de los ciudadanos británicos y sus familias en España.
3. CONTENIDO JURÍDICO
La Resolución publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 22 de marzo de 2019, que aprueba instrucciones para el procedimiento de documentación de los ciudadanos del Reino Unido residentes en España y sus familiares, así como de los trabajadores fronterizos, en caso de que el Reino Unido abandone la UE sin acuerdo previo.
El Acuerdo establece que, en caso de que el Reino Unido abandone la UE sin acuerdo, los ciudadanos británicos residentes en España y sus familiares podrán solicitar la autorización de residencia temporal y trabajo, así como la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión, con la misma vigencia que los ciudadanos de la UE.
Además, se establece que las solicitudes de certificado de registro o tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión, cuya cita previa se fije después de la fecha de salida del Reino Unido, deberán ser gestionadas mediante los procedimientos necesarios para su mantenimiento o reasignación.
En cuanto a la normativa aplicable, se menciona que, en lo no previsto en estas instrucciones, se aplicará la normativa española en materia de extranjería e inmigración, especialmente el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo; la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por la Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre; y el Reglamento de la misma, aprobado por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.
En materia procedimental, se aplicará subsidiariamente la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Finalmente, se establece que las instrucciones surtirán efectos el día en que los Tratados de la Unión Europea dejen de aplicarse al Reino Unido, según lo dispuesto en el artículo 50.3 del Tratado de la Unión Europea. Sin embargo, si antes de dicha fecha se formaliza un acuerdo de retirada entre la UE y el Reino Unido, la efectividad no se producirá.
4. CONCLUSIÓN SIMPLE
La norma establece un marco legal para la documentación de ciudadanos británicos y sus familiares en España en caso de salida sin acuerdo. Aplica normativa española y establece procedimientos para la continuidad de la residencia y el trabajo. La efectividad depende de la aplicación del artículo 50 del Tratado de la Unión Europea.
5. PUNTOS CLAVE
✅ Procedimiento de documentación: Se establece el procedimiento para la obtención de autorización de residencia y trabajo para ciudadanos británicos y sus familiares en caso de salida sin acuerdo.
⚠️ Fecha de efectividad: Las instrucciones surtirán efectos cuando los Tratados de la UE dejen de aplicarse al Reino Unido, salvo que se formalice un acuerdo previo.
📋 Normativa aplicable: Se mencionan varios textos legales como el Real Decreto 240/2007 y la Ley Orgánica 4/2000.
ℹ️ Trabajadores fronterizos: Se incluye una categoría específica para los trabajadores fronterizos británicos que residen en España.
6. FICHA
Jurisdicción: España
Fuente: Resolución de 25 de marzo de 2019, de la Secretaria de Estado de Migraciones
Tipo: Resolución
Fecha: 25 de marzo de 2019
Materias: Migraciones, extranjería, residencia, trabajo, Reino Unido, Unión Europea
Relevancia: ALTA Palabras: 698
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