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IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial
© Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada
Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable
Jurisdicción: ES
Fecha de generación: 2026-05-27
Fuente original: ES-BOE — Modificación del Acuerdo entre el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad
⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial
aplicando criterios editoriales humanos propietarios.
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asesoramiento jurídico o fiscal.
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1. QUÉ RESUELVE
La Resolución modifica el Acuerdo firmado entre el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social del Reino de España y la OIM para corregir errores en la fecha de duración y responsabilidades en diversos anexos del acuerdo original.
2. CONTEXTO
El Acuerdo original fue firmado en Madrid el 20 de agosto de 2019 y publicado en el BOE el 16 de diciembre de 2019. En abril de 2020, mediante intercambio de cartas, se detectaron errores materiales en el texto del acuerdo, lo que motivó la necesidad de rectificaciones. La Resolución de 23 de junio de 2020 establece las correcciones necesarias para garantizar la precisión del documento.
3. CONTENIDO JURÍDICO
La Resolución de 23 de junio de 2020, publicada en el Boletín Oficial del Estado, modifica el Acuerdo entre el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social del Reino de España y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), firmado en Madrid el 20 de agosto de 2019. Las correcciones se realizan mediante rectificaciones en diversos anexos del acuerdo, con el objetivo de subsanar errores detectados en el texto original.
En el Anexo A, se corrige la fecha de duración del proyecto, que pasa de "Desde la firma hasta el 31/12/2020 (duración de 18 meses)" a "Desde el 1 de octubre de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2020". También se modifica la colaboración entre ministerios, pasando de "con la Subdirección General de Protección Internacional (SGPI) del Ministerio del Interior y con el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social" a "con la Subdirección General de Protección Internacional (SGPI) del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social y con el Ministerio del Interior".
En el Anexo A, se corrige el nombre del Ministerio, pasando de "Ministerio de Empleo, Migraciones y Seguridad Social" a "Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social". Además, se sustituye el cuadro del apartado 7 "Plan de trabajo" por uno nuevo que incluye actividades y responsables, como la "Recepción" con responsable "OIM".
En el Anexo AC, se corrige el periodo de ejecución del proyecto, que pasa de "12 meses (01 de julio 2019 a 30 de junio 2020)" a "12 meses, desde el 1 de septiembre de 2019 hasta 31 de agosto de 2020". También se corrige la casilla de responsable de la actividad de identificar casos con necesidades especiales, que pasa a ser "OIM España".
En el Anexo 1, se corrige el periodo de ejecución del proyecto de retorno voluntario productivo para Mali, pasando de "12 meses (01 de julio 2019 a 30 de junio 2020)" a "12 meses, desde el 1 de septiembre de 2019 hasta 31 de agosto de 2020". Además, se corrige la referencia legal, pasando del artículo 9.1 del Real Decreto 703/2017 a "artículo 5.1 del Real Decreto 903/2018, de 20 de julio, que establece que corresponde a la Dirección General de Integración y Atención Humanitaria la función del desarrollo y gestión de programas vinculados al retorno de inmigrantes".
En el Anexo D, se corrige el periodo de ejecución del proyecto INTEGRA-T, pasando de "12 meses (01 de julio 2019 a 30 de junio 2020)" a "12 meses, desde el 1 de septiembre de 2019 hasta 31 de agosto de 2020".
Estas rectificaciones buscan garantizar la precisión y la coherencia del acuerdo, especialmente en aspectos relacionados con fechas, responsabilidades y normativa aplicable, para que el proyecto se lleve a cabo de manera eficaz y conforme a las normas vigentes.
4. CONCLUSIÓN SIMPLE
La Resolución corrige errores en el Acuerdo firmado entre el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social y la OIM. Las modificaciones afectan fechas, responsabilidades y referencias legales. Se busca garantizar la precisión del documento para el desarrollo del proyecto.
5. PUNTOS CLAVE
✅ Corrección de fechas: Se actualizan las fechas de inicio y fin de los proyectos para reflejar correctamente el periodo de ejecución.
⚠️ Rectificaciones en responsabilidades: Se ajusta la colaboración entre ministerios y se corrige la asignación de responsabilidades en los anexos.
📋 Modificaciones en normativa: Se actualiza la referencia legal del Real Decreto aplicable al proyecto de retorno.
ℹ️ Sustitución de cuadros: Se reemplaza el cuadro del plan de trabajo con uno nuevo que incluye actividades y responsables.
6. FICHA
Jurisdicción: Nacional
Fuente: Boletín Oficial del Estado
Tipo: Resolución
Fecha: 23 de junio de 2020
Materias: Migraciones, cooperación internacional, proyectos de retorno y reasentamiento
Relevancia: ALTA
Palabras clave: Acuerdo OIM, Ministerio de Trabajo, Migraciones, Seguridad Social, rectificaciones, proyectos de retorno, reasentamiento, integración.──────────────────────────────────────────────────────────────────
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