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IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial
© Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada
Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable
Jurisdicción: ES
Fecha de generación: 2026-05-27
Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 708/2020, de 28 de julio, por el que se regula la concesión directa
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1. QUÉ RESUELVE
El Real Decreto 708/2020 regula la concesión directa de subvenciones a entidades para desarrollar el programa SARA, con el objetivo de fomentar la igualdad de género y la empleabilidad de mujeres en situaciones de vulnerabilidad.
2. CONTEXTO
El Real Decreto se enmarca en el marco legal de la igualdad de género y el fomento del tercer sector social. Se basa en la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, la Ley 43/2015 y el Real Decreto 455/2020, que establecen la obligación de los poderes públicos de promover la igualdad y la participación social. El programa SARA busca atender a mujeres en situación de exclusión laboral y social.
3. CONTENIDO JURÍDICO
El Real Decreto 708/2020, de 28 de julio de 2020, regula la concesión directa de subvenciones a la Fundación CEPAIM, a Cruz Roja Española, a la Fundación Secretariado Gitano y a la Federación Española de Universidades Populares para desarrollar el programa SARA. Este programa está orientado a fomentar la igualdad de género y la empleabilidad de mujeres en situaciones de vulnerabilidad, en línea con los principios de no discriminación y promoción de la igualdad consagrados en el artículo 14 de la Constitución Española y en el artículo 9.2, que obliga a los poderes públicos a promover condiciones para que la libertad y la igualdad sean reales y efectivas.
La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en su título II, establece que los poderes públicos deben considerar las singulares dificultades de colectivos en situación de vulnerabilidad, como las mujeres pertenecientes a minorías, migrantes, discapacitadas, mayores, viudas y víctimas de violencia de género. El programa SARA se alinea con este criterio al dirigirse específicamente a mujeres con necesidades especiales, como baja autoestima, falta de cualificación, factores psicosociales y familiares discriminatorios por razón de género, que pueden derivar a situaciones de exclusión social y laboral.
La Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social, prevé medidas de fomento de las entidades que integran el tercer sector, con el fin de garantizar su sostenibilidad y participación en la elaboración y desarrollo de políticas sociales. El Real Decreto 708/2020 se enmarca en este marco, ya que las entidades beneficiarias son parte del tercer sector y su participación es clave para la implementación del programa.
El Real Decreto 455/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Igualdad, atribuye a la Secretaría de Estado de Igualdad, a través del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades (IMIO), la competencia para la propuesta, elaboración y desarrollo de las normas y medidas dirigidas a asegurar la igualdad de trato y de oportunidades, especialmente entre mujeres y hombres. El IMIO, como órgano encargado de esta competencia, es el responsable de la aprobación y supervisión del programa SARA.
El programa SARA se estructura en tres fases: fase de motivación personal y para el empleo, fase de formación ocupacional, incorporación de las TIC y capacitación vinculada a la mejora de la empleabilidad, y fase de orientación a la búsqueda de empleo y el emprendimiento. Los grupos destinatarios del programa están constituidos por mujeres mayores de cuarenta y cinco años o mujeres jóvenes (prioritariamente entre dieciocho y treinta y cinco años), así como otras que se consideren con necesidades especiales, como bajo nivel formativo, falta de cualificación, baja autoestima y factores psicosociales y familiares discriminatorios por razón de género.
El número mínimo de mujeres que formen el grupo de cada uno de los itinerarios será de quince, salvo situaciones especiales debidamente justificadas y aceptadas previamente por el IMIO. La duración de las fases de cada uno de los itinerarios será variable, en función del punto de partida de cada grupo, sus necesidades y los objetivos a conseguir. Dicha duración no será inferior a sesenta horas de trabajo para cada una de las tres fases hasta alcanzar un total de 245 horas para cada itinerario. Las actividades formativas y de capacitación ocupacional se diseñarán teniendo en cuenta los condicionantes formativos y las expectativas laborales de las mujeres, así como su adecuación a las mayores posibilidades de inserción.
Además, el programa SARA prevé la puesta a disposición de la infraestructura y recursos disponibles de las Universidades Populares y la FEUP para contribuir al desarrollo más efectivo del programa y favorecer el desarrollo personal y profesional de las beneficiarias. Esta medida refleja la importancia de la colaboración entre el sector público y el tercer sector en la promoción de la igualdad y la empleabilidad.
4. CONCLUSIÓN SIMPLE
El Real Decreto 708/2020 regula la concesión de subvenciones para el desarrollo del programa SARA, con el objetivo de fomentar la igualdad de género y la empleabilidad de mujeres en situación de vulnerabilidad. El programa se estructura en tres fases y se apoya en la participación del tercer sector. La norma se alinea con los principios de no discriminación y promoción de la igualdad establecidos en el derecho español.
5. PUNTOS CLAVE
✅ Objetivo principal: Fomentar la igualdad de género y la empleabilidad de mujeres en situación de vulnerabilidad.
⚠️ Grupos objetivo: Mujeres mayores de 45 años, jóvenes entre 18 y 35 años, y otras con necesidades especiales.
📋 Estructura del programa: Tres fases con un total de 245 horas de formación y capacitación.
ℹ️ Colaboración con el tercer sector: Uso de infraestructura y recursos de las Universidades Populares y la FEUP.
6. FICHA
Jurisdicción: Nacional
Fuente: Real Decreto 708/2020
Tipo: Norma reguladora
Fecha: 28 de julio de 2020
Materias: Igualdad de género, empleabilidad, tercer sector, formación, políticas públicas
Relevancia: ALTA──────────────────────────────────────────────────────────────────
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