Orden INT/120/2022, de 25 de febrero, por la que se modifica la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editori … leer más
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden INT/120/2022, de 25 de febrero, por la que se modifica la Orden INT/657/20 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════
1. QUÉ RESUELVE La Orden INT/120/2022 modifica la Orden INT/657/2020 para prorrogar su vigencia y actualizar los criterios de exención de restricciones de viaje no esenciales, incorporando la posibilidad de viajar con certificado de recuperación.
2. CONTEXTO La Recomendación (UE) 2020/912 del Consejo estableció restricciones de viaje no esenciales a la UE y países asociados Schengen, con exenciones para ciertos países y personas. Esta recomendación fue modificada por la Recomendación (UE) 2022/290, que permitió viajar con certificado de recuperación. La Orden INT/657/2020 aplicaba dichas recomendaciones en España, pero su vigencia terminaba el 28 de febrero de 2022. La Orden INT/120/2022 prorroga su vigencia y actualiza los criterios de exención.
3. CONTENIDO JURÍDICO La Orden INT/120/2022, de 25 de febrero de 2022, modifica la Orden INT/657/2020, de 17 de julio de 2020, con el objetivo de prorrogar su vigencia y actualizar los criterios de exención de restricciones de viaje no esenciales desde terceros países a la UE y países asociados Schengen. La Orden INT/657/2020 se aplicaba en España en virtud de la Recomendación (UE) 2020/912, que establecía restricciones de viaje por razones de salud pública y orden público, con exenciones para ciertos países y personas. La Recomendación (UE) 2022/290 modificó dicha recomendación, permitiendo viajar con certificado de recuperación.
La Orden INT/120/2022 incorpora en la letra k) del artículo 1.1 de la Orden INT/657/2020 la exención prevista en la Recomendación (UE) 2022/290, que permite viajar con certificado de recuperación. La nueva redacción de la letra k) establece que se consideran exentas las personas que posean un certificado de vacunación o de recuperación reconocido por el Ministerio de Sanidad, previa comprobación por las autoridades sanitarias. También se incluyen personas mayores de 12 años y menores de 18 años que, en caso de no disponer de una pauta de vacunación válida, presenten una prueba de amplificación de ácido nucleico molecular-NAAT (RT-PCR o similar) con resultado negativo realizada 72 horas antes de la llegada, y personas menores de 12 años.
Además, la Orden INT/120/2022 modifica la disposición final única de la Orden INT/657/2020, prorrogando su vigencia hasta el 31 de marzo de 2022, sin perjuicio de su eventual modificación. La disposición final única de la Orden INT/120/2022 establece que esta orden surtirá efectos desde el momento de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
La modificación de la Orden INT/657/2020 se realiza en virtud de la necesidad de adaptar los criterios de exención a las nuevas recomendaciones de la Unión Europea, con el fin de permitir viajes no esenciales bajo condiciones sanitarias establecidas. La prorrogación de la vigencia de la Orden INT/657/2020 se justifica por la necesidad de mantener las restricciones de viaje hasta que se cumplan los criterios sanitarios establecidos por la UE y por la continuidad de la aplicación de las medidas de prevención de la pandemia de la COVID-19.
4. CONCLUSIÓN SIMPLE La Orden INT/120/2022 modifica la Orden INT/657/2020 para prorrogar su vigencia y actualizar los criterios de exención de restricciones de viaje no esenciales. Se incorpora la posibilidad de viajar con certificado de recuperación y se extiende la vigencia hasta el 31 de marzo de 2022.
5. PUNTOS CLAVE ✅ Prórroga de vigencia: La Orden INT/657/2020 se prorroga hasta el 31 de marzo de 2022. ⚠️ Actualización de criterios: Se incorpora la exención para personas con certificado de recuperación. 📋 Criterios de exención: Incluye certificados de vacunación, recuperación y pruebas negativas de RT-PCR. ℹ️ Aplicación de recomendaciones UE: Se ajusta a la Recomendación (UE) 2022/290 del Consejo.
6. FICHA
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💬 Contexto ciudadano
Avant l’entrée en vigueur de l’Ordre INT/120/2022, la restriction de voyages non essentiels était régie par l’Ordre INT/657/2020, qui appliquait les critères de la Recommandation UE 2020/912 – exemptant notamment les résidents de certains pays tiers et certaines catégories de personnes, mais sans prévoir d’exemption pour les détenteurs d’un certificat de récupération. La modification introduite par l’Ordre INT/120/2022, en conformité avec la Recommandation UE 2022/290, ajoute cette possibilité et harmonise la législation nationale avec les exigences européennes, alors que certaines communautés autonomiques avaient, à titre provisoire, maintenu des restrictions plus strictes ou des exigences vaccinales différentes. L’approbation relève du Ministère de la Santé, tandis que les autorités régionales peuvent choisir d’appliquer des mesures complémentaires. Cette différence est cruciale pour les citoyens, car elle détermine leur capacité à voyager librement, à justifier leur situation sanitaire et à éviter des blocages administratifs inutiles. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────