Resolución de 3 de agosto de 1994, de la Dirección General de la Energía, por la que se publican los precios máximos de venta al público de gasolinas y gasóleos, aplicables en el ámbito de la península e islas Baleares a partir del día 6 de agosto de 1994.
Precios máximos de gasolinas y gasóleos en 1994 Esta resolución establece los precios máximos que se podían cobrar al público por las gasolinas y los gasóleos en la península e isl … leer más
Precios máximos de gasolinas y gasóleos en 1994
Esta resolución establece los precios máximos que se podían cobrar al público por las gasolinas y los gasóleos en la península e islas Baleares. El objetivo era fijar un límite para evitar que los precios subieran de forma descontrolada y proteger así el bolsillo de los consumidores en aquel momento.
Concretamente, se detallan los precios por litro para diferentes tipos de gasolina (súper, normal, sin plomo) y gasóleo (A, B y C). También se contemplan casos especiales, como las exenciones de impuestos para representaciones diplomáticas y los recargos máximos según la cantidad y forma de suministro.
Esta medida entró en vigor el 6 de agosto de 1994, afectando a la venta de estos combustibles desde esa fecha en las zonas mencionadas. Era una forma de regular el mercado de carburantes en España.
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💬 Contexto ciudadano
Esta resolución de 1994 se enmarca en un sistema de precios máximos de venta al público para gasolinas y gasóleos, establecido previamente por el Gobierno. Antes de esta medida, el Estado intervenía en la fijación de estos precios para garantizar un acceso asequible a los combustibles. A diferencia de otros países de la Unión Europea, donde el mercado de carburantes suele estar más liberalizado, en España se optaba por una regulación más estricta en ciertos periodos. La Dirección General de la Energía, dependiente del Ministerio de Industria y Energía, era el organismo encargado de publicar estas tarifas, lo que demuestra la importancia de la intervención pública en la política energética y de consumo en aquel entonces. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────