Resolución de 23 de febrero de 1995, de la Dirección General de la Energía, por la que se publican los precios máximos de venta al público de gasolinas y gasóleos, aplicables en el ámbito de la península e islas Baleares a partir del día 25 de febrero de 1995.
Precios máximos de gasolinas y gasóleos en 1995 Esta resolución establece los precios máximos que se podían vender al público para las gasolinas y gasóleos en la península e islas … leer más
Precios máximos de gasolinas y gasóleos en 1995
Esta resolución establece los precios máximos que se podían vender al público para las gasolinas y gasóleos en la península e islas Baleares. Su objetivo era fijar un límite para evitar que los precios de estos combustibles superasen una cantidad determinada, protegiendo así el bolsillo de los consumidores.
Concretamente, se detallan los precios por litro para diferentes tipos de gasolina (súper, normal, sin plomo) y gasóleos (A, B y C). También se mencionan condiciones especiales para representaciones diplomáticas y se recuerda que se aplicarían recargos máximos según la forma y cantidad de suministro.
Esta medida entró en vigor a partir de las cero horas del día 25 de febrero de 1995, afectando a todas las ventas de estos productos en las zonas mencionadas desde esa fecha.
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💬 Contexto ciudadano
Antes de esta resolución, el sistema de precios máximos de venta al público de gasolinas y gasóleos ya estaba aprobado por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. Esta norma, publicada en 1995, simplemente hacía público y aplicaba dichos precios máximos en la península e islas Baleares. A diferencia de regulaciones más recientes que podrían implicar liberalización de precios o mecanismos de mercado, esta resolución imponía un control directo sobre el coste final para el consumidor. La importancia de esta medida radicaba en su impacto directo sobre el coste de la vida y la movilidad, especialmente en una época donde la dependencia de los combustibles fósiles era aún mayor. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────