Resolución de 27 de septiembre de 1995, de la Dirección General de la Energía, por la que se hacen públicos los nuevos precios máximos de venta de gas natural para usos industriales.
Nuevos precios máximos para el gas natural industrial Esta resolución establece los precios máximos de venta del gas natural destinados a usos industriales. Su objetivo es hacer pú … leer más
Nuevos precios máximos para el gas natural industrial
Esta resolución establece los precios máximos de venta del gas natural destinados a usos industriales. Su objetivo es hacer públicos los costes que las empresas deberán asumir a partir de una fecha determinada, basándose en los precios de energías alternativas que podrían utilizar.
Concretamente, se detallan las tarifas y precios aplicables a diferentes modalidades de suministro de gas natural para la industria. Esto incluye precios fijos y variables por consumo, así como descuentos especiales para grandes consumidores o para industrias que utilicen gas natural licuado.
Estos nuevos precios entraron en vigor el 1 de octubre de 1995, modificando las tarifas vigentes hasta ese momento para garantizar la transparencia y la competitividad en el mercado industrial del gas natural.
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💬 Contexto ciudadano
Esta resolución de 1995 actualiza los precios máximos del gas natural para la industria, siguiendo una orden ministerial previa. Antes de esto, las tarifas se establecían de forma similar, buscando reflejar los costes de las energías alternativas. A diferencia de otras normativas más recientes que podrían armonizar precios a nivel europeo, esta medida es de ámbito nacional. La Dirección General de la Energía es la encargada de publicar estos precios, lo que indica la intervención estatal en la fijación de tarifas energéticas para el sector industrial. Su importancia radica en la influencia directa que tiene sobre los costes de producción de numerosas empresas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────