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IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial
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Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable
Jurisdicción: ES
Fecha de generación: 2026-05-27
Fuente original: ES-BOE — Orden APM/1265/2017, de 13 de diciembre, por la que se aprueban los Estatutos de
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1. QUÉ RESUELVE
La Orden APM/1265/2017 aprueba los Estatutos del Consejo Regulador de la Indicación Geográfica Protegida "Carne de Ávila", estableciendo su estructura, funciones y mecanismos de gestión.
2. CONTEXTO
La norma se enmarca en el marco legal de las Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas, regulado por la Ley 6/2015. El Consejo Regulador fue creado en virtud de dicha ley, y su estatuto debe ser aprobado por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente. La norma desarrolla los estatutos aprobados por el Consejo Regulador, que incluyen normas sobre sanciones, prescripción y reincidencia.
3. CONTENIDO JURÍDICO
La Orden APM/1265/2017 establece los Estatutos del Consejo Regulador de la Indicación Geográfica Protegida "Carne de Ávila", que regulan su organización, funciones y mecanismos de gestión. Los Estatutos contienen normas sobre el régimen sancionador, incluyendo la competencia de las distintas instancias para resolver infracciones, así como los plazos de prescripción y cancelación de sanciones.
En el artículo 28, se establece que la Comisión Permanente del Consejo Regulador tiene competencia para resolver faltas leves, mientras que el Pleno se encarga de las faltas graves y muy graves. La resolución de estas últimas requiere la mayoría cualificada de los miembros del Pleno. Además, se establece que el interesado podrá interponer recurso ante el Pleno contra la resolución de la Comisión Permanente, y ante la jurisdicción ordinaria contra la resolución que ponga fin al expediente.
En el artículo 29, se detallan los plazos de prescripción de las faltas y sanciones. Las faltas leves prescriben en 6 meses, las graves en 1 año y las muy graves en 2 años. Los plazos de prescripción de las sanciones son idénticos. Se establece que los plazos comienzan a contar desde la comisión de la falta o desde la firmeza de la sanción, respectivamente. La prescripción se interrumpe por cualquier actuación del órgano de gestión dirigida a investigar la infracción y con conocimiento del interesado.
Además, se establece que la cancelación de las sanciones se produce al año, dos años y cuatro años, respectivamente, desde el cumplimiento de la sanción. En el caso de expulsión, el órgano de gestión podrá acordar la rehabilitación del expulsado tras tres años desde la firmeza de la sanción, siempre que se incoe el expediente a petición del interesado.
En el artículo 30, se establece que la reincidencia se determina únicamente considerando las sanciones firmes impuestas. Esto significa que las sanciones no firmes, como las que se encuentran en trámite o que no han sido resueltas, no se tendrán en cuenta para la determinación de la reincidencia.
Estos estatutos reflejan el marco jurídico necesario para garantizar el cumplimiento de las normas que regulan la producción, comercialización y protección de la Carne de Ávila, asegurando la calidad y autenticidad de este producto. La norma se alinea con el Real Decreto 267/2017, que desarrolla la Ley 6/2015, y con la legislación vigente en materia de denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas.
4. CONCLUSIÓN SIMPLE
La Orden APM/1265/2017 aprueba los Estatutos del Consejo Regulador de la Indicación Geográfica Protegida "Carne de Ávila", estableciendo un marco jurídico para su gestión y control. Estos estatutos incluyen normas sobre sanciones, prescripción y reincidencia, que garantizan el cumplimiento de las normas de protección del producto. La norma se alinea con el marco legal vigente en materia de denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas.
5. PUNTOS CLAVE
✅ Estructura del Consejo Regulador: Establece la organización y funciones del Consejo Regulador de la Indicación Geográfica Protegida "Carne de Ávila".
⚠️ Régimen sancionador: Define las competencias de las distintas instancias para resolver infracciones y los plazos de prescripción.
📋 Prescripción y cancelación: Establece los plazos de prescripción de las faltas y sanciones, así como la cancelación de las mismas.
ℹ️ Reincidencia: Se establece que solo se consideran sanciones firmes para determinar la reincidencia.
6. FICHA
Jurisdicción: Nacional
Fuente: Orden Ministerial
Tipo: Norma reglamentaria
Fecha: 13 de diciembre de 2017
Materias: Denominaciones de Origen, Indicaciones Geográficas Protegidas, Regulación de productos, Sanciones, Prescripción
Relevancia: ALTA Palabras: 698
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