Resolución de 6 de octubre de 2017, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears.
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editori … leer más
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 6 de octubre de 2017, de la Presidencia del Comisionado para el Me ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════
1. QUÉ RESUELVE La Resolución de 6 de octubre de 2017 establece los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears, incluyendo los tributos aplicables.
2. CONTEXTO Esta resolución se emite en virtud de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos, y de la normativa tributaria vigente. Su objetivo es fijar los precios de venta al público de ciertas labores de tabaco, propuestos por los fabricantes e importadores. La resolución entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
3. CONTENIDO JURÍDICO La Resolución de 6 de octubre de 2017, publicada por la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, establece los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears, incluyendo los tributos aplicables. Esta medida se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos, que otorga al Comisionado la competencia para fijar los precios de venta al público de las labores de tabaco. Además, se aplica la normativa tributaria vigente, que establece los impuestos y tasas aplicables a dichas labores.
La resolución detalla los precios de venta al público de las labores de tabaco, agrupadas en distintas categorías:
Los precios incluyen los tributos correspondientes, lo que garantiza que los establecimientos de venta al público cumplan con la normativa vigente. La resolución también establece que entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, lo que asegura una aplicación inmediata y uniforme de los precios fijados.
Esta resolución no establece nuevas obligaciones, sino que refleja la aplicación de los precios propuestos por los fabricantes e importadores, bajo la supervisión del Comisionado para el Mercado de Tabacos. La norma busca garantizar la transparencia y la igualdad en el mercado, evitando prácticas comerciales que puedan distorsionar el precio de venta al público.
4. CONCLUSIÓN SIMPLE La resolución fija los precios de venta al público de labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre, conforme a la Ley 13/1998. Los precios incluyen tributos y se aplican de forma uniforme. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación.
5. PUNTOS CLAVE ✅ Fijación de precios: Se establecen precios de venta al público de labores de tabaco, incluyendo tributos. ⚠️ Aplicación uniforme: Los precios son aplicables en toda la Península e Illes Balears. 📋 Vigencia inmediata: La resolución entra en vigor al día siguiente de su publicación. ℹ️ Bases legales: Se fundamenta en la Ley 13/1998 y en la normativa tributaria vigente.
6. FICHA
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💬 Contexto ciudadano
Antes de esta resolución de 2017, los precios de venta al público de las labores de tabaco en España estaban regulados a nivel estatal por la Ley 13/1998, sin diferenciación entre comunidades autónomas. En contraste, la normativa de las CCAA permitía cierta flexibilidad en la aplicación de impuestos y precios, lo que generaba disparidades. La UE, por su parte, establecía marcos generales de control del mercado de tabaco, pero no fijaba precios específicos. La importancia de esta resolución radica en que establece un marco uniforme en la Península e Illes Balears, garantizando la aplicación coherente de la normativa estatal y contribuyendo a la armonización del mercado dentro del marco europeo.