Real Decreto 656/1985, de 2 de abril, por el que se distribuyen las plazas incrementadas en la carrera Fiscal por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1985.
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editori … leer más
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 656/1985, de 2 de abril, por el que se distribuyen las plazas incre ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════
1. QUÉ RESUELVE El Real Decreto 656/1985 distribuye las 51 plazas incrementadas en la carrera fiscal en 1985, asignándolas a fiscalías territoriales y provinciales según necesidades del servicio, bajo el marco legal del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
2. CONTEXTO La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1985 incrementó la plantilla fiscal, permitiendo su redistribución mediante real decreto. El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (Ley 50/1981) establece que la plantilla se fija por real decreto, con participación del Fiscal General y el Consejo Fiscal, y que el gobierno puede redistribuirla sin incrementar el presupuesto.
3. CONTENIDO JURÍDICO El Real Decreto 656/1985 se basa en el artículo 18.2 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, que otorga al gobierno la facultad de redistribuir la plantilla fiscal siempre que no implique aumento presupuestario. La norma establece que las 51 plazas incrementadas se distribuyen en dos categorías: 39 en la categoría segunda (grado de fiscal) y 12 en la tercera (grado de ascenso).
La distribución detallada incluye:
El artículo 2 establece que las plantillas actuales de las fiscalías mencionadas se consideran incrementadas en las plazas asignadas. La disposición final indica que el decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
El texto refleja la aplicación del artículo 18.2 del Estatuto Orgánico, que permite la redistribución de plazas bajo la supervisión del Consejo Fiscal y el Ministerio de Justicia, respetando las limitaciones presupuestarias. La norma también cumple con la disposición final B del Estatuto, que atribuye al gobierno la facultad de redistribuir la plantilla fiscal.
4. CONCLUSIÓN SIMPLE El Real Decreto 656/1985 regula la redistribución de plazas fiscales en 1985, basándose en el marco legal del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. La asignación se realiza según necesidades del servicio, sin incrementar el presupuesto. La norma establece una distribución específica entre fiscalías territoriales y provinciales.
5. PUNTOS CLAVE ✅ Redistribución de plazas fiscales: Se asignan 51 nuevas plazas en 1985, distribuidas entre fiscalías según necesidades del servicio. ⚠️ Limitaciones presupuestarias: La redistribución no puede incrementar el presupuesto, conforme al Estatuto Orgánico. 📋 Procedimiento legal: El decreto se adopta con la aprobación del Ministerio de Justicia, el Fiscal General y el Consejo Fiscal. ℹ️ Estructura detallada: La distribución incluye 39 plazas en categoría segunda y 12 en tercera, con asignaciones específicas a fiscalías territoriales y provinciales.
6. FICHA
Palabras clave: Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, redistribución de plazas, Ley de Presupuestos, Consejo Fiscal, Fiscal General. Longitud total: 650 palabras.
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