Corrección de errores del Real Decreto 918/1985, de 11 de junio, por el que se determina la distribución de la recaudación procedente de las Apuestas Mutuas Deportivas Benéficas.
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editori … leer más
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores del Real Decreto 918/1985, de 11 de junio, por el que se d ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════
1. QUÉ RESUELVE El Real Decreto corrige un error en el texto del Real Decreto 918/1985, que establecía el plazo de entrada en vigor del instrumento normativo.
2. CONTEXTO El Real Decreto 918/1985, publicado en el Boletín Oficial del Estado el 22 de junio de 1985, establecía la distribución de la recaudación de las Apuestas Mutuas Deportivas Benéficas. Se detectó un error en el texto remitido para su publicación, específicamente en el artículo 4º, relacionado con el plazo de entrada en vigor del Real Decreto. El error afecta la fecha en que el Real Decreto entró en vigor.
3. CONTENIDO JURÍDICO El Real Decreto 918/1985, de 11 de junio, fue corregido con el objetivo de corregir un error en su texto original. El error se encontraba en el artículo 4º, donde se indicaba que el Real Decreto entraba en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Sin embargo, la corrección establece que el Real Decreto entrará en vigor a los diez días de su publicación. Esta corrección se realiza mediante una norma de corrección de errores, que se publica en el Boletín Oficial del Estado para garantizar la precisión del texto legal.
La corrección se basa en la necesidad de precisar el plazo de entrada en vigor del Real Decreto, lo cual es fundamental para su aplicación efectiva. La norma corrige el texto remitido para su publicación, lo que implica que el texto original no era exacto. La corrección se efectúa en el marco de la regulación de la recaudación de las Apuestas Mutuas Deportivas Benéficas, que se rige bajo el sistema de distribución de ingresos establecido en el Real Decreto.
La corrección no modifica los principios generales del Real Decreto, sino que solo corrige un error en la redacción del artículo 4º. La entrada en vigor del Real Decreto se establece en el artículo 4º, y la corrección afecta únicamente la fecha en que se produce dicha entrada en vigor. La norma no introduce cambios sustanciales en la regulación de la recaudación, sino que solo corrige una imprecisión en el texto.
La corrección se realiza en el marco de la regulación de las apuestas mutuas deportivas benéficas, que se rige bajo el sistema de distribución de ingresos establecido en el Real Decreto. La entrada en vigor del Real Decreto se establece en el artículo 4º, y la corrección afecta únicamente la fecha en que se produce dicha entrada en vigor. La norma no introduce cambios sustanciales en la regulación de la recaudación, sino que solo corrige una imprecisión en el texto.
4. CONCLUSIÓN SIMPLE El Real Decreto corrige un error en el texto del Real Decreto 918/1985, que afectaba el plazo de entrada en vigor del instrumento normativo. La corrección se realiza para garantizar la precisión del texto legal y su correcta aplicación. No se modifican los principios generales de la norma, solo se corrige una imprecisión en el texto.
5. PUNTOS CLAVE ✅ Corrección de error en el texto del Real Decreto 918/1985 ⚠️ Error en la fecha de entrada en vigor del Real Decreto 📋 Corrección del plazo de entrada en vigor a diez días ℹ️ No se modifican los principios generales de la norma
6. FICHA
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