Resolución de 10 de mayo de 1988, de la Dirección General de Comercio Exterior, por la que se establece el régimen de aplicación de medidas de vigilancia en el Sector Porcino.
Control a la entrada de carne y ganado porcino Esta resolución establece un sistema de control para la importación de animales vivos y carnes de cerdo procedentes de la Comunidad E … leer más
Control a la entrada de carne y ganado porcino
Esta resolución establece un sistema de control para la importación de animales vivos y carnes de cerdo procedentes de la Comunidad Económica Europea (CEE). El objetivo es vigilar las cantidades que entran en España para su consumo.
Concretamente, para importar animales vivos de cerdo de más de 50 kg y carnes de cerdo frescas, refrigeradas o congeladas de la CEE, se necesitará una autorización administrativa. Además, se deberá depositar una fianza, que es una cantidad de dinero como garantía, por cada 100 kg de mercancía importada.
La resolución entró en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, es decir, el 12 de mayo de 1988. Las autorizaciones tendrán una validez de quince días naturales.
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💬 Contexto ciudadano
Antes de esta resolución, la importación de productos porcinos de la CEE ya estaba sujeta a ciertas normativas, como la convocatoria de contingentes de importación. Esta norma, de ámbito nacional y basada en un reglamento europeo (CEE 1239/88), introduce un régimen de autorización administrativa y fianza para la entrada de animales vivos y carnes de cerdo. A diferencia de otros sectores o de normativas más recientes, este mecanismo buscaba gestionar activamente el flujo de estos productos. La Dirección General de Comercio Exterior, dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda, era el organismo encargado de su aplicación. Su importancia radicaba en la protección del sector ganadero nacional y la gestión de las políticas agrarias comunes de la CEE. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────