Resolución de 16 de octubre de 1989, de la Subsecretaría, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos del día 5 de octubre de 1989 por el que se determina la renta equivalente establecida por la disposición adicional de la Ley 45/1985, de 23 de diciembre, y desarrollada por Real Decreto 651/1988, de 24 de junio, sobre productos petrolíferos monopolizados importados a consumo.
Actualización de precios para combustibles importados Este acuerdo establece nuevos valores para la 'renta equivalente' de ciertos productos petrolíferos que se importan para su co … leer más
Actualización de precios para combustibles importados
Este acuerdo establece nuevos valores para la 'renta equivalente' de ciertos productos petrolíferos que se importan para su consumo en España. La renta equivalente es un concepto que se utiliza para calcular el coste de estos productos, especialmente cuando provienen del extranjero y están sujetos a regulaciones específicas.
Concretamente, se revisan y fijan las cantidades en pesetas por metro cúbico para gasolinas sin plomo, gasolinas con diferentes octanajes (97 y 92) y gasóleos A y B. Estos nuevos valores buscan reflejar las variaciones en los precios de adquisición de estos productos a nivel nacional.
La entrada en vigor de estas nuevas rentas equivalentes se producirá al día siguiente de su publicación oficial en el Boletín Oficial del Estado, lo que significa que los cambios se aplicarán de forma inmediata una vez que se hagan públicos.
────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
⚙ Resumen generado por IA · IurisWatch · © Susan Cabot SLU
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta resolución, la determinación de la renta equivalente para productos petrolíferos monopolizados importados se regía por la Ley 45/1985 y el Real Decreto 651/1988. Este acuerdo, aprobado por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, actualiza dichos valores debido a las variaciones en los precios de adquisición. A diferencia de otras normativas que podrían tener un ámbito autonómico o europeo, esta regulación es de carácter nacional. La importancia de esta medida radica en su impacto directo sobre el coste de ciertos combustibles importados, afectando a la cadena de suministro y, en última instancia, al consumidor final. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────