Resolución de 6 de mayo de 1998, de la Dirección General de la Energía, por la que se publican los precios máximos de venta al público de gasolinas, Impuesto General Indirecto Canario excluido, aplicables en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias a partir del día 9 de mayo de 1998.
Precios máximos de gasolina en Canarias en 1998 Esta resolución establece los precios máximos que se podían vender al público las gasolinas en Canarias a partir del 9 de mayo de 19 … leer más
Precios máximos de gasolina en Canarias en 1998
Esta resolución establece los precios máximos que se podían vender al público las gasolinas en Canarias a partir del 9 de mayo de 1998. El objetivo era fijar un límite para proteger a los consumidores y asegurar una competencia justa en la venta de estos productos.
Concretamente, se detallan los precios por litro para diferentes tipos de gasolina, como la súper (97 octanos), la normal (92 octanos) y la sin plomo (95 octanos). Estos precios no incluían el Impuesto General Indirecto Canario, que se aplicaba aparte.
La medida entró en vigor el 9 de mayo de 1998, según lo dispuesto en una orden anterior de 1994 que regulaba el sistema de precios máximos para los productos petrolíferos en las islas.
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💬 Contexto ciudadano
Antes de esta resolución, el sistema de precios máximos para productos petrolíferos en Canarias ya estaba establecido por una orden de 1994. Esta medida se enmarcaba en un contexto de intervención pública para controlar los precios de bienes básicos. A diferencia de otras comunidades autónomas o la Unión Europea, donde la liberalización de precios era más común, Canarias mantenía este tipo de regulaciones. La Dirección General de la Energía, dependiente del Ministerio de Industria y Energía, era el organismo encargado de publicar estas actualizaciones. La importancia de esta resolución radicaba en su impacto directo sobre el bolsillo de los consumidores canarios y la dinámica del mercado de combustibles en el archipiélago. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────