Real Decreto 750/1994, de 22 de abril, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Buceo a Media Profundidad.
Formación para ser Técnico en Buceo a Media Profundidad Este Real Decreto establece el plan de estudios oficial para obtener el título de Técnico en Buceo a Media Profundidad. Se t … leer más
Formación para ser Técnico en Buceo a Media Profundidad
Este Real Decreto establece el plan de estudios oficial para obtener el título de Técnico en Buceo a Media Profundidad. Se trata de una formación profesional que prepara a los estudiantes para realizar trabajos de buceo en condiciones específicas, como inmersiones a media profundidad, soldadura subacuática o reparaciones en el mar.
Concretamente, el decreto detalla las materias que se deben cursar, como procedimientos de corte y soldadura subacuáticos, trabajos con explosivos, reparaciones a flote y reflotamientos, fisiopatología del buceo y asistencia sanitaria. También se especifican los requisitos de los centros educativos y cuándo se debe realizar la formación práctica en empresas.
Este Real Decreto entró en vigor el 19 de julio de 1994, estableciendo las bases para la formación de estos profesionales en todo el territorio nacional bajo la gestión del Ministerio de Educación y Ciencia.
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💬 Contexto ciudadano
Antes de este Real Decreto, la formación en buceo profesional a nivel técnico no estaba estandarizada a nivel nacional. El Real Decreto 750/1994, alineado con normativas europeas y otras normativas españolas sobre formación profesional, establece un currículo específico para el título de Técnico en Buceo a Media Profundidad. Esto garantiza una formación homogénea y de calidad en todo el territorio español, a diferencia de posibles enfoques dispares que pudieran existir previamente o en otras comunidades autónomas. Su aprobación por el Consejo de Ministros y propuesta del Ministerio de Educación y Ciencia subraya su importancia para regular y cualificar a los profesionales de un sector técnico y especializado. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────