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IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial
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Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable
Jurisdicción: ES
Fecha de generación: 2026-05-27
Fuente original: ES-BOE — Orden DEF/424/2024, de 26 de abril, por la que se aprueban los currículos de la
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1. QUÉ RESUELVE
El Orden Ministerial DEF/424/2024 aprueba los currículos de la formación de oficiales para la integración en el Cuerpo General de la Armada y en el Cuerpo de Infantería de Marina, por promoción interna, de personal de la escala de suboficiales sin necesidad de titulación universitaria previa, incluyendo créditos adquiridos.
2. CONTEXTO
Este orden ministerial se enmarca en el marco legal de la carrera militar, regulado por la Ley 39/2007, y en el Reglamento de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas. Establece los contenidos formativos necesarios para la formación de oficiales en el ámbito de la Armada, con especial atención a los módulos de formación técnica y lingüística.
3. CONTENIDO JURÍDICO
El Orden Ministerial DEF/424/2024, de 26 de abril, aprueba los currículos de la enseñanza de formación de oficiales para la integración en el Cuerpo General de la Armada y en el Cuerpo de Infantería de Marina, por promoción interna, de personal de la escala de suboficiales, sin exigencia de titulación universitaria previa, con créditos adquiridos. Este documento establece los contenidos formativos necesarios para la formación de oficiales en los mencionados cuerpos, en el marco de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, que define la finalidad de la formación de oficiales como la preparación para el ejercicio profesional y la capacitación para la incorporación a sus respectivas escalas.
El artículo 44.1 de la Ley 39/2007 establece que la formación de oficiales comprende la militar general y específica, así como el título de grado universitario del sistema educativo general, y la formación para la adquisición de las especialidades fundamentales de cada cuerpo. Además, el artículo 65.1 de la misma ley indica que los planes de estudios de la formación militar general y específica se ajustarán a la definición de capacidades y diseño de perfiles establecidos por los Jefes de Estado Mayor de las Fuerzas Armadas.
El Real Decreto 1051/2020, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas, establece como objetivo que el alumnado adquiera las competencias y perfiles necesarios para el ejercicio profesional en el primer empleo. Asimismo, el Almirante Jefe de Estado Mayor de la Armada, mediante las instrucciones permanentes del Almirante Jefe de Personal de la Armada, 3/2010 y 4/2011, establece los perfiles y competencias de egreso para el oficial del Cuerpo General y de Infantería de Marina, definiendo las competencias generales y específicas necesarias para el desempeño de su función.
En cuanto a los contenidos específicos, el currículo incluye módulos como Formación en Idioma Extranjero, donde se establece que las asignaturas susceptibles de impartirse en lengua inglesa, por módulo y materia, con indicación del carácter total (T) o parcial (P), son las siguientes:
Cuerpo General de la Armada:
-
Curso 1º, en la Escuela Naval Militar, en el módulo de Formación Militar Técnica, la asignatura de Táctica Naval I, con carácter total (T).
-
Curso 2º, en la Escuela Naval Militar, en el módulo de Formación Militar Técnica, la asignatura de Táctica Naval II, con carácter parcial (P).
Cuerpo de Infantería de Marina:
-
Curso 2º, en la Escuela Naval Militar, en el módulo de Formación Militar Técnica, las asignaturas de Operaciones Anfibias y Táctica III, ambas con carácter parcial (P).
Además, se incluyen asignaturas como Segundo Idioma (OPT), Inglés II, Lengua Francesa, Titulación de grado de la UNED, y Trabajo fin de formación (TFF), equivalente al Trabajo fin de grado (TFG) de la UNED, con carácter total (T).
Este currículo se estructura para garantizar que los suboficiales que se integren como oficiales adquieran las competencias necesarias para el desempeño de sus funciones, tanto en el ámbito del empleo de la Fuerza como en el apoyo a la Fuerza, según los perfiles definidos por los Jefes de Estado Mayor.
4. CONCLUSIÓN SIMPLE
El Orden Ministerial DEF/424/2024 establece los currículos de formación para oficiales de la Armada por promoción interna, sin titulación previa, con enfoque en competencias técnicas, lingüísticas y universitarias. Se ajusta a la normativa vigente y define los contenidos necesarios para el desarrollo profesional de los futuros oficiales.
5. PUNTOS CLAVE
✅ Currículo aprobado: Se establecen los contenidos formativos para la formación de oficiales por promoción interna, sin titulación previa.
⚠️ Competencias definidas: Se establecen perfiles y competencias de egreso según las instrucciones del Almirante Jefe de Personal.
📋 Estructura modular: Incluye módulos como Formación en Idioma Extranjero, Táctica Naval, Operaciones Anfibias, entre otros.
ℹ️ Ajuste normativo: Se alinea con la Ley 39/2007, el Real Decreto 1051/2020 y las instrucciones del Almirante Jefe de Personal.
6. FICHA
Jurisdicción: Nacional
Fuente: Orden Ministerial DEF/424/2024
Tipo: Orden Ministerial
Fecha: 26 de abril de 2024
Materias: Formación de oficiales, carrera militar, educación en las Fuerzas Armadas
Relevancia: ALTA──────────────────────────────────────────────────────────────────
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