Resolución de 8 de enero de 2019, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de diciembre de 2018, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editori … leer más
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 8 de enero de 2019, de la Secretaría General de Universidades, por ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════
1. QUÉ RESUELVE La Resolución de 8 de enero de 2019 publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de diciembre de 2018, que establece el carácter oficial de diversos títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
2. CONTEXTO El Consejo de Ministros adoptó un acuerdo en diciembre de 2018 para reconocer el carácter oficial de ciertos títulos de Máster. Esta Resolución se emite como cumplimiento de la obligación legal de publicar dichos acuerdos en el Boletín Oficial del Estado, según el Real Decreto 1393/2007. La Secretaría General de Universidades se encarga de su publicación.
3. CONTENIDO JURÍDICO La Resolución de 8 de enero de 2019 publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de diciembre de 2018, que establece el carácter oficial de diversos títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Este Acuerdo se fundamenta en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, que regula la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. En concreto, el artículo 26 de dicho Real Decreto establece que los Acuerdos del Consejo de Ministros que otorguen carácter oficial a títulos universitarios deben publicarse en el Boletín Oficial del Estado.
El Acuerdo del Consejo de Ministros mencionado en la Resolución establece que ciertas universidades han elaborado planes de estudios para títulos de Máster, los cuales han obtenido resolución de verificación positiva del Consejo de Universidades y autorización de las Comunidades Autónomas, según el artículo 35.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
El Acuerdo reconoce el carácter oficial de diversos títulos de Máster, entre ellos:
Estos títulos se reconocen como oficiales y se inscriben en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, lo que garantiza su validez legal y su reconocimiento en el ámbito nacional e internacional. La publicación en el Boletín Oficial del Estado asegura la transparencia y el cumplimiento de los requisitos legales establecidos en el Real Decreto 1393/2007.
4. CONCLUSIÓN SIMPLE La Resolución publica el Acuerdo del Consejo de Ministros que otorga carácter oficial a diversos títulos de Máster. Se cumple con el requisito legal de publicación en el Boletín Oficial del Estado. Los títulos reconocidos son oficiales y están inscritos en el Registro correspondiente.
5. PUNTOS CLAVE ✅ Publicación oficial: El Acuerdo del Consejo de Ministros se publica en el Boletín Oficial del Estado como cumplimiento de la normativa vigente. ⚠️ Requisitos legales: El Real Decreto 1393/2007 exige la publicación de los Acuerdos que otorgan carácter oficial a títulos universitarios. 📋 Inscripción en el Registro: Los títulos reconocidos se inscriben en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, garantizando su validez legal. ℹ️ Títulos reconocidos: Se mencionan diversos títulos de Máster, incluyendo algunos de carácter Erasmus Mundus, que son conjuntos de universidades de múltiples países.
6. FICHA
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💬 Contexto ciudadano
Antes de esta resolución, la oficialidad de los títulos de Máster se establecía mediante un proceso que implicaba la verificación por el Consejo de Universidades y la autorización de las Comunidades Autónomas, tal como se preveía en el Real Decreto 1393/2007. Esta normativa estatal sentaba las bases para la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, y las Comunidades Autónomas ejercían un papel crucial en la autorización de la implantación de los planes de estudio. La diferencia fundamental aquí radica en que el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio competente, es quien finalmente declara el carácter oficial de estos títulos, un paso que eleva la decisión a nivel nacional y asegura su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Para el ciudadano, esto significa una garantía de reconocimiento y validez de su titulación a nivel estatal, facilitando su acceso al mercado laboral o a estudios posteriores, independientemente de la Comunidad Autónoma donde cursara sus estudios. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────