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IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial
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Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable
Jurisdicción: ES
Fecha de generación: 2026-05-27
Fuente original: ES-BOE — Orden EFP/845/2019, de 25 de julio, por la que se regulan las pruebas de certifi
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1. QUÉ RESUELVE
La Orden EFP/845/2019 establece el modelo, contenido y especificaciones técnicas de los certificados académicos de los niveles básico, intermedio y avanzado de las enseñanzas de idiomas en las Escuelas Oficiales de Idiomas de Ceuta y Melilla, así como la expedición y registro de dichos certificados.
2. CONTEXTO
La Orden EFP/845/2019 se fundamenta en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que establece el derecho a obtener certificados oficiales tras superar los niveles de enseñanza de idiomas. También se basa en el Real Decreto 1041/2017, que define los currículos y requisitos para los niveles B1, B2, C1 y C2. Esta norma se desarrolla en el marco de la regulación de pruebas de certificación de idiomas en régimen especial.
3. CONTENIDO JURÍDICO
La Orden EFP/845/2019 regula el modelo, contenido y especificaciones técnicas de los certificados académicos correspondientes a los niveles básico, intermedio y avanzado de las enseñanzas de idiomas en las Escuelas Oficiales de Idiomas de Ceuta y Melilla. Estos certificados se expedirán tras la superación de las pruebas de certificación establecidas en el Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, y en la Orden EFP/962/2018, de 18 de septiembre.
La Orden establece que los certificados deben contener información sobre el nombre del interesado, su fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad, documento de identidad, el curso realizado, el nivel alcanzado, la lengua estudiada y la ubicación de la Escuela Oficial de Idiomas donde se superaron las pruebas. Además, se detalla el modelo del certificado, que incluye la firma de la persona titular del Ministerio de Educación y Formación Profesional, así como la firma de la persona titular de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial.
En cuanto a la expedición y registro, la Orden establece que los certificados se emitirán en un modelo oficial, con un número de registro central de títulos, y se conservarán en los registros correspondientes. La norma también establece que los certificados tienen carácter oficial y otorgan los derechos que les otorgan las disposiciones vigentes.
En el anexo de la Orden se incluye el modelo del certificado, que debe ser firmado por las autoridades competentes y debe contener los datos del interesado, el curso realizado, el nivel alcanzado, la lengua estudiada, y la ubicación de la Escuela Oficial de Idiomas. Además, se especifica que los certificados se expedirán en Ceuta o Melilla, y que su registro se realizará en el sistema centralizado de títulos.
La Orden también establece que los certificados son válidos para los efectos legales que se determinen en el currículo de las enseñanzas de idiomas, y que su expedición se realizará en cumplimiento de los principios de validez, fiabilidad, viabilidad, equidad, transparencia e impacto positivo que se establecen en el Real Decreto 1041/2017.
4. CONCLUSIÓN SIMPLE
La Orden EFP/845/2019 establece el modelo y especificaciones técnicas de los certificados académicos de los niveles de idiomas en Ceuta y Melilla. Estos certificados se expedirán tras la superación de pruebas reguladas por otras normas vigentes. La norma garantiza la validez y transparencia de los certificados.
5. PUNTOS CLAVE
✅ Modelo de certificado: Se establece un modelo oficial con datos del interesado, nivel alcanzado, lengua estudiada y ubicación de la Escuela Oficial de Idiomas.
⚠️ Exigencia de pruebas: La obtención del certificado requiere la superación de pruebas de certificación reguladas por el Real Decreto 1041/2017.
📋 Expedición y registro: Los certificados se expedirán en Ceuta o Melilla y se registrarán en el sistema centralizado de títulos.
ℹ️ Validez legal: Los certificados tienen carácter oficial y otorgan derechos según las disposiciones vigentes.
6. FICHA
Jurisdicción: Nacional
Fuente: Orden Ministerial
Tipo: Reglamento
Fecha: 25 de julio de 2019
Materias: Educación, Certificación de idiomas, Certificados académicos
Relevancia: ALTA Palabras totales: 698
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