Orden CIN/3859/2008, de 19 de diciembre, por la que se regula la Comisión Asesora de Publicaciones del Ministerio de Ciencia e Innovación.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-25 Fuente original: ES-BOE-ORD — Orden CIN/3859/2008, de 19 de diciembre ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** JURISDICCIÓN: ES | FUENTE: ES-BOE-ORD | ÓRGANO: Ministerio de Ciencia e Innovación | TIPO: Orden Ministerial | FECHA: 19.12.2008 | IDENTIFICADOR: CIN/3859/2008 | IDIOMA ORIGINAL: Español | MATERIAS: Administración pública, publicaciones oficiales, órganos colegiados, gestión editorial | ÁMBITO: Administrativo | RELEVANCIA IW: MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Esta Orden constituye y regula la Comisión Asesora de Publicaciones del Ministerio de Ciencia e Innovación como órgano colegiado responsable de dirigir la política editorial del Departamento, estableciendo su composición, funciones y régimen de funcionamiento conforme a los requerimientos del Real Decreto 118/2001. --- **CONTEXTO (para entenderlo mejor)** El marco normativo español de publicaciones oficiales se articula mediante el Real Decreto 118/2001, que obliga a cada Ministerio a constituir una Comisión Asesora de Publicaciones para coordinar su actividad editorial. La reestructuración ministerial de 2008 —incluyendo la creación del Ministerio de Ciencia e Innovación mediante Real Decreto 432/2008 y desarrollo posterior por Real Decreto 1183/2008— hizo necesario regular específicamente esta Comisión para el nuevo Departamento, garantizando la coordinación editorial entre sus unidades directivas, organismos públicos de investigación y entidades adscritas. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La Orden constituye la Comisión Asesora de Publicaciones como órgano colegiado adscrito a la Subsecretaría de Ciencia e Innovación, dotándola de tres estructuras operativas: Pleno, Comisión Permanente y Comisiones especiales (artículo 2). El Pleno está presidido por el Subsecretario del Departamento —o en su delegación, el Secretario General Técnico— con Vicepresidencia del Secretario General Técnico. Integra vocales designados por titulares de Gabinetes ministeriales, Secretarías de Estado de Universidades e Investigación, Subsecretaría, Secretaría General de Política Científica y Tecnológica, direcciones generales, organismos públicos de investigación y otros organismos adscritos. El nivel orgánico de los vocales debe ser Subdirector General o asimilado. El Presidente puede convocar Asesores con voz pero sin voto. La Comisión Permanente, presidida por el Secretario General Técnico, está compuesta por tres Vocales designados por el Pleno entre sus miembros. Las Comisiones especiales se constituyen bajo la presidencia del Secretario General Técnico con los vocales interesados en asuntos específicos. Las funciones (artículo 3) incluyen: informar iniciativas sobre el Plan General de Publicaciones Oficiales; informar propuestas de edición que integren el programa editorial anual y revisión semestral previa remisión a la Junta de Coordinación de Publicaciones Oficiales; orientar y asesorar en actividades editoriales y difusión; informar o proponer proyectos normativos en materia de publicaciones; informar o proponer criterios de distribución y comercialización; asesorar a la Secretaría General Técnica; informar la Memoria anual; designar vocales para la Comisión Permanente; y deliberar sobre otros asuntos de publicaciones sometidos por el Presidente. La Secretaría de la Comisión elabora propuestas integrando iniciativas de unidades editoras, elabora el programa editorial anual, presta asistencia técnica, emite certificación de inclusión en el programa editorial, elabora la Memoria anual y mantiene coordinación con órganos directivos. El Pleno se reúne al menos dos veces anuales (programa editorial y revisión semestral) y cuantas veces requieran asuntos de competencia (artículo 4). La Comisión Permanente ejerce funciones delegadas por el Pleno, reuniéndose mínimo trimestralmente para seguimiento editorial y coordinación técnica. Para lo no previsto expresamente, aplican las normas reguladoras de órganos colegiados de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Se crea una comisión dentro del Ministerio de Ciencia e Innovación para gestionar y autorizar qué publicaciones oficiales edita el Departamento. Reúne representantes de todas las áreas ministeriales y organismos científicos para que las publicaciones sean coordenadas, pertinentes y ajustadas al presupuesto. Se convoca varias veces al año para revisar y aprobar planes editoriales. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Obligación de sometimiento a Comisión**: Todas las propuestas editoriales del Ministerio requieren informe previo de esta Comisión antes de remisión a la Junta de Coordinación de Publicaciones Oficiales. El incumplimiento puede afectar a la validez administrativa de la publicación. 📋 **Reuniones periódicas obligatorias**: El Pleno debe convocar mínimo dos veces anuales (programa editorial y revisión semestral); incumplimiento puede vulnerar los requisitos de procedimiento requeridos por el Real Decreto 118/2001. ℹ️ **Delegación de funciones**: La Comisión Permanente puede ejercer funciones que el Pleno le delegue, agilizando decisiones entre reuniones plenarias, aunque las cuestiones relevantes corresponden al Pleno. ℹ️ **Régimen supletorio**: Para aspectos no previstos en la Orden, se aplica la Ley 30/1992 sobre órganos colegiados de la Administración Pública (quórum, deliberación, actas, recursos administrativos). --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden CIN/3859/2008, el marco normativo español de publicaciones oficiales se regía principalmente por el Real Decreto 118/2001, que exigía a cada Ministerio la creación de una Comisión Asesora de Publicaciones. Con la reestructuración ministerial de 2008, que incluyó la creación del Ministerio de Ciencia e Innovación, fue necesario establecer una norma específica para regular su Comisión Asesora, adaptándose a las nuevas competencias y estructura del Departamento. Esta norma importa porque asegura la coordinación editorial y la aplicación uniforme de las políticas públicas en el ámbito científico y tecnológico, alineándose con el marco estatal y la normativa europea de publicaciones oficiales.