Orden MinisterialNacionalvigente

Orden CIN/306/2009, de 9 de febrero, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico de Minas.

BOE-A-2009-2735Publicada: 18/02/2009MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-25 Fuente original: ES-BOE-ORD — Orden CIN/306/2009, de 9 de febrero ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** JURISDICCIÓN: ES | FUENTE: ES-BOE-ORD | ÓRGANO: Ministerio de Ciencia e Innovación | TIPO: Orden Ministerial | FECHA: 9 de febrero de 2009 | IDENTIFICADOR: CIN/306/2009 | IDIOMA ORIGINAL: Español | MATERIAS: Educación Superior, Acreditación de títulos, Regulación de profesiones, Ingeniero Técnico de Minas | ÁMBITO: Normativa universitaria y regulación profesional | RELEVANCIA IW: MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Esta Orden establece los requisitos específicos que deben cumplir los planes de estudio conducentes a títulos de Grado en Ingeniero Técnico de Minas para que las universidades puedan solicitar su verificación ante el Consejo de Universidades. Define denominación, objetivos académicos, competencias y duración mínima de estas enseñanzas. --- **CONTEXTO** El Real Decreto 1393/2007 creó el marco general para la ordenación de enseñanzas universitarias oficiales con un sistema de verificación previo. La norma resultante del Acuerdo de Consejo de Ministros de 26 de diciembre de 2008 reconoció la profesión de Ingeniero Técnico de Minas como profesión regulada cuyo ejercicio requiere titulación específica. Esta Orden materializa esa decisión, especificando los contenidos mínimos que debe contener cualquier plan de estudios de Grado en esta especialidad, asegurando estándares comunes en España para una profesión regulada que interviene en actividades críticas de seguridad e impacto ambiental. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La Orden desarrolla los requisitos fijados en el artículo único mediante un Anexo que especifica cuatro apartados sustantivos. En primer lugar, establece que la denominación de los títulos debe facilitar identificación clara de la profesión para cuyo ejercicio habilita, conforme al Acuerdo de Consejo de Ministros, impidiendo confusión sobre efectos profesionales. Prohibe expresamente la verificación de planes que incluyan referencia expresa a "Ingeniero Técnico de Minas" sin cumplir dichas condiciones. En el apartado de Objetivos y Competencias, especifica que los estudiantes deben adquirir: capacitación científico-técnica para ejercicio de la profesión; comprensión de condicionamientos técnicos y legales aplicables a prospección, exploración, explotación de recursos geológicos, obras subterráneas, almacenamientos, plantas de tratamiento, energéticas, mineralúrgicas, siderúrgicas, de construcción, carboquímicas, petroquímicas, gestión de residuos y fábricas de explosivos, con empleo de métodos contrastados y respeto ambiental; capacidad para diseño, redacción y planificación de proyectos parciales (instalaciones mecánicas, eléctricas, transporte energético, almacenamiento, voladuras); capacidad operativa, inspectora y directiva de proyectos; competencias en ordenación territorial y aspectos ambientales; mantenimiento y explotación; y conocimientos aplicados en mediciones, replanteos, análisis de riesgos, estudios ambientales, planes de restauración, control de calidad y prevención. Asimismo, establece que estos títulos son enseñanzas de Grado de carácter oficial universitario, cuya duración se determina sin precisarse en el fragmento reproducido. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Esta norma define qué debe contener obligatoriamente cualquier carrera de Ingeniero Técnico de Minas para ser oficial y válida en toda España. Sin estos requisitos, una universidad no puede ofrecer ni verificar este título. Asegura que todos los graduados tengan competencias mínimas comunes para ejercer esta profesión regulada de forma segura y competente. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** ✅ **Oportunidad para instituciones educativas**: Las universidades que cumplan estos requisitos podrán ofrecer títulos de Grado en Ingeniero Técnico de Minas con reconocimiento oficial y validez nacional para el ejercicio profesional regulado. 📋 **Obligación de cumplimiento normativo**: Cualquier plan de estudios que pretenda verificarse con esta denominación debe ajustarse exactamente a los requisitos del Anexo (denominación, competencias, duración), sin flexibilidad en aspectos críticos de seguridad y competencia técnica. ⚠️ **Riesgo de rechazo administrativo**: La prohibición expresa de verificar planes que incluyan "Ingeniero Técnico de Minas" incumpliendo condiciones implica que solicitudes deficientes serán rechazadas, paralizando la implantación del título. ℹ️ **Relevancia transfronteriza**: El marco de grado europeo y reconocimiento profesional en espacios EEES hace estas especificaciones relevantes también para institutos de formación técnica superior o universidades de otros países europeos con alumnado español o cooperación académica. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden CIN/306/2009, el marco normativo estatal para la regulación de títulos universitarios oficiales se establecía principalmente mediante el Real Decreto 1393/2007, que introdujo un sistema general de verificación de enseñanzas universitarias. La normativa comunitaria, en particular el Acuerdo de 2008 del Consejo de Ministros, reconoció la profesión de Ingeniero Técnico de Minas como regulada, pero no detallaba los requisitos específicos de los planes de estudio. La Orden de 2009 materializa esta regulación, estableciendo los contenidos mínimos necesarios para la verificación de los títulos, lo cual es relevante para garantizar la calidad y homogeneidad en la formación de este perfil profesional.

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