Orden MinisterialNacionalvigente

Orden CIN/324/2009, de 9 de febrero, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico Forestal.

BOE-A-2009-2804Publicada: 19/02/2009Ministerio de Ciencia e Innovación

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-25 Fuente original: ES-BOE-ORD — Orden CIN/324/2009, de 9 de febrero ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** JURISDICCIÓN: ES | FUENTE: ES-BOE-ORD | ÓRGANO: Ministerio de Ciencia e Innovación | TIPO: Orden Ministerial | FECHA: 09/02/2009 | IDENTIFICADOR: CIN/324/2009 | IDIOMA ORIGINAL: Español | MATERIAS: Educación Superior, Regulación Profesional, Ingeniería Técnica Forestal | ÁMBITO: Educación superior / Profesiones reguladas | RELEVANCIA IW: MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Esta Orden establece los requisitos mínimos que deben cumplir los planes de estudios universitarios conducentes a títulos de Grado en Ingeniería Técnica Forestal para que estos títulos habiliten legalmente el ejercicio de esa profesión regulada en España. --- **CONTEXTO (para entenderlo mejor)** El Real Decreto 1393/2007 reforma la estructura de las enseñanzas universitarias oficiales españolas. Para las profesiones reguladas —como Ingeniero Técnico Forestal—, la ley requiere que los títulos que las habilitan cumplan requisitos específicos establecidos por ministerio. Esta Orden desarrolla esos requisitos concretos en el campo forestal, fijando qué competencias, objetivos y estructura deben tener los planes de estudio para que sean verificables por el Consejo de Universidades. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La Orden actúa como norma de desarrollo del Real Decreto 1393/2007 y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 26 de diciembre de 2008. Su artículo único establece que los planes de estudios para grados que habiliten como Ingeniero Técnico Forestal deben cumplir, además de lo previsto en el RD 1393/2007, los requisitos específicos detallados en su Anexo. En cuanto a **denominación** (apartado 1.1), el título debe facilitar claramente la identificación de la profesión que habilita, sin generar confusión sobre sus efectos profesionales. Ningún plan de estudios que incluya expresamente "Ingeniero Técnico Forestal" puede verificarse sin cumplir las condiciones del Acuerdo y la Orden. En **objetivos y competencias** (apartado 3), se especifican quince competencias principales que los estudiantes deben adquirir: comprender fundamentos biológicos, químicos, físicos y matemáticos del medio forestal; analizar la estructura ecológica de sistemas forestales; conocer procesos de degradación (plagas, incendios, contaminación); evaluar y corregir impacto ambiental; aplicar técnicas selvícolas y de inventario; gestionar fauna forestal y poblaciones cinegéticas; dominar hidráulica, construcción y maquinaria forestal; aplicar ordenación forestal y criterios de sostenibilidad; caracterizar propiedades de materias primas forestales; organizar empresas con conocimiento legislativo y de marketing; diseñar e implementar proyectos; y desarrollar tecnología en entorno multilingüe (*multidisciplinar*). En **planificación de enseñanzas** (apartado 5), los títulos son oficiales de Grado con duración de 240 créditos europeos ECTS. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Para que una universidad ofrezca un grado que forme Ingenieros Técnicos Forestales, debe cumplir requisitos muy específicos: el título debe tener ese nombre exacto, los estudiantes deben aprender quince competencias concretas (desde ecología hasta gestión empresarial), y el programa debe durar 240 créditos. Sin cumplir esto, el Consejo de Universidades no verificará el título. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Obligación normativa para universidades**: Cualquier grado con denominación "Ingeniero Técnico Forestal" debe cumplir exactamente estos requisitos. La ausencia de uno cualquiera invalida la verificación. 📋 **Control de denominación**: No puede haber variaciones en el nombre del título (ni "Ingeniero Forestal", ni "Técnico en Ingeniería Forestal", ni abreviaturas) sin incumplir la Orden. La denominación es requisito de verificación. ℹ️ **Relevancia transfronteriza**: Esta estructura de competencias (ECTS, criterios de sostenibilidad forestal, biodiversidad) se alinea con la Directiva de Servicios profesionales de la UE y facilita el reconocimiento de titulaciones en otros Estados miembros. ⚠️ **Rigidez temporal**: Orden de 2009 que sigue vigente. Cambios posteriores en Grados forestales (Orden CIN/323/2009 y sucesivas) pueden modificar o ampliar competencias, por lo que es esencial verificar la versión actualizada según año de implantación del programa. --- **VOTOS PARTICULARES** No constan. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden CIN/324/2009, los requisitos para la verificación de títulos universitarios oficiales en España estaban regulados por normativas estatales y, en algunos casos, por las comunidades autónomas, lo que generaba una falta de homogeneidad en la formación profesional. La Orden CIN/324/2009 establece un marco común para garantizar que los títulos en Ingeniería Técnica Forestal cumplan criterios mínimos de calidad y competencias, asegurando la homogeneidad y la validez legal de la formación. Esto importa porque permite una verificación uniforme y eficaz, facilitando el ejercicio de la profesión en todo el territorio español y alineando la formación con los estándares de la Unión Europea.

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