Orden FOM/716/2009, de 4 de marzo, por la que se regula la composición y funcionamiento de la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Fomento.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-25 Fuente original: ES-BOE-ORD — Orden FOM/716/2009, de 4 de marzo ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** JURISDICCIÓN: ES | FUENTE: ES-BOE-ORD | ÓRGANO: Ministerio de Fomento | TIPO: Orden Ministerial | FECHA: 4.03.2009 | IDENTIFICADOR: FOM/716/2009 | IDIOMA ORIGINAL: ES | MATERIAS: Administración Electrónica; Tecnologías de la Información; Estructura Organizativa; Derecho Administrativo | ÁMBITO: Administración General del Estado | RELEVANCIA IW: MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Regula la composición, estructura y funcionamiento de la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Fomento, fijando sus competencias, órganos de funcionamiento (Pleno, Comité Ejecutivo, Comité de Urgencia) y los cargos y rangos de sus miembros. --- **CONTEXTO (para entenderlo mejor)** El Real Decreto 589/2005 estableció las líneas estratégicas de tecnologías de la información en la Administración General del Estado. La Ley 11/2007, de acceso electrónico de ciudadanos a servicios públicos, reconoció el derecho a relacionarse electrónicamente con la Administración (vigente desde 31.12.2009). Esta Orden, que deroga la FOM/911/2006, actualiza la estructura del Ministerio de Fomento conforme a los Reales Decretos 432/2008 y 438/2008 sobre reestructuración de Departamentos Ministeriales, reforzando el rol coordinador del departamento en la implantación de administración electrónica. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La Comisión es un órgano colegiado adscrito a la Subsecretaría de Fomento con competencias en: (a) elaboración del plan estratégico de tecnologías de la información y su elevación al Consejo Superior de Administración Electrónica; (b) coordinación del Plan Director de Telecomunicaciones (RD 541/2001); (c) coordinación entre órganos administrativos y organismos autónomos del departamento en materias de tecnologías e administración electrónica; (d) mantenimiento del inventario de recursos informáticos; (e) emisión de informes sobre contratación en tecnologías según RD 589/2005, artículo 10; (f) vigilancia del cumplimiento de directrices del Consejo Superior; (g) colaboración técnica con el Consejo Superior y comisiones especializadas; (h) coordinación de información para el Observatorio de Administración Electrónica. El Pleno está compuesto por: Presidente (Subsecretario); Vicepresidente primero (Director General de Programación Económica); Vicepresidente segundo (Subdirector General de Tecnologías y Sistemas); vocales con rango de Subdirector General (representantes del Gabinete, Secretaría General Técnica, direcciones generales y organismos autónomos); Secretario (funcionario de la SDGTS, con voz sin voto). Se admiten suplentes y expertos asesores con autorización presidencial. Se aspira a composición paritaria por género. La Comisión actúa en Pleno, Comité Ejecutivo y Comité de Urgencia. Los vocales participan en trabajos conforme a normas específicas y tienen responsabilidades en el ámbito de sus respectivas áreas. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Esta Orden crea una comisión interna del Ministerio de Fomento encargada de planificar y coordinar la modernización de sistemas informáticos en la Administración, siguiendo directrices nacionales. Define quién la dirige, quién participa y cuáles son sus cometidos principales. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Obligación de actualización orgánica**: Los órganos y organismos del Ministerio de Fomento deben designar sus representantes con rango de Subdirector General conforme a los cambios estructurales posteriores a 2008. ⚠️ **Coordinación previa en contratación**: Cualquier expediente de contratación en tecnologías de la información requiere informe previo de esta Comisión (RD 589/2005, art. 10), de modo que su incumplimiento puede viciar procedimientos administrativos. ℹ️ **Contexto transfronterizo**: La implantación de administración electrónica forma parte de los estándares europeos de digitalización estatal; esta estructura refleja la adaptación española a la directiva de acceso electrónico de 2007. ✅ **Eficiencia en normalización TIC**: El refuerzo de esta Comisión permitió centralizar criterios de inversión y contratación informática, racionalizando gasto público en un sector con demanda creciente. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden FOM/716/2009, la regulación de la administración electrónica en el Ministerio de Fomento se basaba en normativas más generales, como el Real Decreto 589/2005 y la Ley 11/2007, que establecían marcos estratégicos y derechos de acceso electrónico. La Orden actualiza y específica la estructura de la Comisión Ministerial de Administración Electrónica, reemplazando a la anterior norma FOM/911/2006, y se alinea con los Reales Decretos de reestructuración ministerial de 2008. Importa porque refleja una evolución en la organización y coordinación de la administración electrónica en el ámbito estatal, adaptándose a las necesidades modernas de digitalización y eficiencia en la gestión pública.