Orden MinisterialNacionalvigente

Orden CUL/670/2009, de 10 de marzo, por la que se crea y regula la Comisión de Estadística del Ministerio de Cultura.

BOE-A-2009-4510Publicada: 18/03/2009MINISTERIO DE CULTURA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-25 Fuente original: ES-BOE-ORD — Orden CUL/670/2009, de 10 de marzo, por la que se crea y regula la Comisión de Estadística del Ministerio de Cultura ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** ES / ES-BOE-ORD / Ministerio de Cultura / Orden Ministerial / 10 de marzo de 2009 / CUL/670/2009 / Español / Administración Pública; Estadística Pública; Cultura / Interno (Ministerio de Cultura) / MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Esta orden crea la Comisión de Estadística del Ministerio de Cultura como órgano colegiado para coordinar y mejorar todas las actividades estadísticas del departamento, asegurando que funcionen de manera integrada y homogénea. --- **CONTEXTO** La Ley 12/1989 de Función Estadística Pública establece el marco legal para la producción estadística oficial. El Real Decreto 1132/2008 encomienda al Ministerio de Cultura la responsabilidad de planificar y coordinar estadísticas culturales a través de su División de Estadísticas Culturales. Sin embargo, al existir múltiples organismos y unidades dependientes del ministerio realizando operaciones estadísticas de forma aislada, se requería crear un órgano colegiado que facilitara su coordinación, tal como recomendó el Consejo Superior de Estadística en noviembre de 2007. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La orden crea la Comisión adscrita a la Secretaría General Técnica con dos objetivos: impulsar la actividad estadística del departamento y mejorar la coordinación en esta materia. Sus funciones incluyen: facilitar la coordinación de actividades estadísticas; formular propuestas para mejorar la información estadística y su calidad; fomentar la integración de sistemas de información mediante homogeneización de aspectos conceptuales y metodológicos (definiciones, unidades, clasificaciones, nomenclaturas); impulsar la difusión adecuada de información estadística respetando el secreto estadístico; conocer registros y sistemas de información con utilidad estadística; elaborar inventarios de operaciones estadísticas; determinar qué estadísticas tienen consideración de estadísticas para fines estatales; velar por el cumplimiento del Plan Estadístico Nacional en el ámbito del departamento; fomentar la formación del personal; y trasladar información sobre comisiones internacionales en materia estadística. La Comisión está compuesta por una Presidenta (titular de Secretaría General Técnica), una Vicepresidenta (titular de División de Estadísticas Culturales) y vocales de cada organismo dependiente del ministerio (doce organismos señalados: Gabinete del Ministro, Dirección General de Políticas e Industrias Culturales, Bellas Artes, Libro y Archivos, institutos nacionales especializados, museos, biblioteca nacional, etc.), más representantes específicos de Tecnologías, la División de Estadísticas Culturales (tres vocales, uno como secretario) e Instituto Nacional de Estadística. Funciona en Pleno (reunido anualmente mínimo y siempre que se convoque) o Comisión Permanente (integrada por cuatro vocales elegidos por el Pleno, presidida por la titular de División de Estadísticas Culturales). Puede constituir grupos de trabajo para cometidos específicos, invitando a profesionales o instituciones externos. El Pleno puede invitar con voz pero sin voto a representantes del INE, otros departamentos ministeriales o expertos según temas. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Se crea un equipo de coordinación interno del Ministerio de Cultura integrado por representantes de todas sus unidades (museos, archivos, institutos, etc.) para que todas compartan información estadística de forma ordenada, eviten duplicidades y publiquen datos de mejor calidad. Es un mecanismo administrativo de organización interna para mejorar cómo el ministerio recopila, trata y difunde números sobre cultura. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Obligación de participación**: Todos los organismos y direcciones generales del ministerio tienen obligación de estar representados en la Comisión y participar activamente en la coordinación estadística según el artículo 3. ℹ️ **Alcance limitado a lo interno**: Esta Comisión coordina solo las estadísticas del Ministerio de Cultura; no afecta a otras administraciones públicas (comunidades autónomas, municipios), aunque el INE participa como observador institucional. ✅ **Mejora de eficiencia estadística**: Permite homogeneizar metodologías, definiciones y formatos entre departamentos, reduciendo errores y facilitando comparabilidad de datos culturales, lo que beneficia a usuarios internos y externos de estadística pública. 📋 **Obligación de secreto estadístico**: Al tratar información estadística, la Comisión debe velar por el cumplimiento de normas de secreto estadístico (artículo 2.d), limitando acceso a datos personales o sensibles conforme a la Ley de Función Estadística Pública. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden CUL/670/2009, la producción estadística en el ámbito cultural en España estaba descentralizada, con múltiples organismos y unidades del Ministerio de Cultura realizando actividades estadísticas de forma aislada, lo que generaba falta de coordinación y homogeneidad. Esta situación contrastaba con el marco legal establecido por la Ley 12/1989 de Función Estadística Pública y con la responsabilidad asignada al Ministerio de Cultura por el Real Decreto 1132/2008. La creación de la Comisión de Estadística fue una respuesta a la necesidad de integrar y coordinar estas actividades, tal como recomendó el Consejo Superior de Estadística, para garantizar una gestión más eficiente y coherente con los estándares nacionales e internacionales.

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