Corrección de errores del Real Decreto 640/2009, de 17 de abril, por el que se desarrolla el Real Decreto 542/2009, de 7 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales y se modifica el Real Decreto 438/2008, de 14 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-25 Fuente original: ES-BOE-REA — Corrección de errores del Real Decreto 640/2009 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** | Campo | Valor | |-------|-------| | **Jurisdicción** | ES | | **Fuente** | ES-BOE-REA | | **Órgano** | Ministerio de Función Pública y Administración | | **Tipo** | Corrección de Errores — Real Decreto | | **Fecha** | 2009-04-17 (original); publicado BOE 21-04-2009 | | **Identificador** | RD 640/2009; BOE nº 97/2009, pág. 36001 | | **Idioma Original** | Español | | **Materias** | Organización administrativa; estructura orgánica ministerial | | **Ámbito** | Nacional | | **Relevancia IW** | INFORMATIVA | --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Una corrección de errores formales en la redacción del artículo 6.1 del Real Decreto 438/2008, que describe la estructura interna de un departamento ministerial. Los errores consistían en utilizar ordinales (3.º, 4.º) cuando debería haberse empleado letras (c), d)) en la numeración de las unidades administrativas. --- **CONTEXTO** El Real Decreto 640/2009 modificaba la estructura orgánica de los departamentos ministeriales. Al publicarse en el Boletín Oficial del Estado, se detectaron defectos de forma en la redacción: algunos órganos internos venían numerados con ordinales en lugar de letras, lo que generaba inconsistencia con el sistema de numeración establecido en la norma matriz (Real Decreto 438/2008). Esta corrección busca restablecer la coherencia técnico-formal del texto publicado. Se trata de un ajuste administrativo sin impacto sustantivo en competencias ni funciones. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La corrección afecta específicamente al artículo 6.1 del Real Decreto 438/2008 en su nueva redacción. El error identificado es el siguiente: donde aparecía numerado como «3.º» el órgano denominado *Secretaría General de Relaciones Institucionales y Coordinación*, debe sustituirse por la letra «c)». Análogamente, donde constaba como «4.º» la *Subsecretaría de Fomento*, debe reemplazarse por la letra «d)». Además de esta corrección de numeración, se introduce una rectificación menor en el texto descriptivo del primer órgano: la frase original decía «ejercerá las competencias del Departamento en relación con la coordinación de las relaciones institucionales» y debe cambiar a «ejercerá las competencias del Departamento en relación con la coordinación y las relaciones institucionales». Esta modificación aclara que se trata de dos funciones: tanto la coordinación como las relaciones institucionales, mejorando la redacción técnica del párrafo. El Real Decreto 640/2009 —publicado en BOE nº 97, de 21 de abril de 2009, pág. 36001— modificaba el Real Decreto 542/2009, de 7 de abril, que reestructuraba los departamentos ministeriales. La corrección que aquí se publica restaura la consistencia formal de esa regulación, asegurando que los órganos administrativos internos aparezcan numerados de manera uniforme y clara. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Se corrigieron errores técnicos en la publicación oficial: algunos órganos administrativos estaban mal numerados (con ordinales en lugar de letras) y una descripción de funciones necesitaba aclaración. El cambio es puramente formal y no afecta los derechos ni obligaciones que la norma establece. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Obligación técnico-formal**: Estas correcciones deben considerarse como parte integral de la norma original desde su entrada en vigor; no generan plazo de adaptación adicional, ya que rectifican defectos meramente editoriales. ℹ️ **Vigencia clara**: La corrección se publica sin retroactividad problemática porque los cambios no alteran derechos adquiridos, solo restauran la coherencia del texto oficial. 📋 **Consulta de texto actualizado**: Quien tenga que interpretar o citar el artículo 6.1 del RD 438/2008 debe usar esta versión corregida, no la original con errores. ℹ️ **Ámbito interno administrativo**: Se trata de regulación organizativa interna de la Administración; no afecta directamente a externos, salvo en lo relativo a identificación correcta de órganos administrativos competentes. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la corrección del Real Decreto 640/2009, la normativa estatal, especialmente el Real Decreto 438/2008, establecía una estructura orgánica ministerial con una numeración de unidades administrativas mediante letras (c), (d), etc. Sin embargo, en su aplicación, se usaron ordinales (3.º, 4.º), lo que generaba incoherencia. Esta inconsistencia afectaba la claridad y la uniformidad en la organización de los departamentos ministeriales, tanto a nivel estatal como en las comunidades autónomas, que también tienen estructuras similares. La corrección de errores era relevante para garantizar la precisión normativa y la coherencia en la aplicación de la estructura orgánica.