Orden MinisterialNacionalvigente

Orden IGD/985/2009, de 17 de abril, por la que se crea la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Igualdad y se regula su composición y funciones.

BOE-A-2009-6744Publicada: 23/04/2009MINISTERIO DE IGUALDAD

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-25 Fuente original: ES-BOE-ORD — Orden IGD/985/2009, de 17 de abril ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** JURISDICCIÓN / FUENTE: ES / BOE-ORD | ÓRGANO: Ministerio de Igualdad (Ministra de Administraciones Públicas) | TIPO: Orden Ministerial | FECHA: 17.04.2009 | IDENTIFICADOR: IGD/985/2009 | IDIOMA ORIGINAL: ES | MATERIAS: Administración electrónica; Tecnologías de la información; Telecomunicaciones; Organización administrativa | ÁMBITO: Administración General del Estado | RELEVANCIA IW: MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Crea la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Igualdad, define su estructura (Pleno y Comisión Permanente), composición, y establece sus funciones en materia de tecnologías de la información, telecomunicaciones y administración electrónica del Departamento. --- **CONTEXTO** El Real Decreto 589/2005, de 20 de mayo, ordenó a los ministerios crear Comisiones Ministeriales de Administración Electrónica como órganos colegiados internos para coordinar la política tecnológica y de administración electrónica. El Ministerio de Igualdad, creado por Real Decreto 432/2008 de 12 de abril, precisaba desarrollar esta estructura en su ámbito organizativo, según lo mandatado en la disposición transitoria segunda del Real Decreto 589/2005. Esta Orden concreta las previsiones generales en el marco específico del Departamento de Igualdad. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La Orden atribuye a la Comisión Ministerial de Administración Electrónica el carácter de instrumento de coordinación interna en materias de tecnologías de la información, telecomunicaciones y administración electrónica, además de órgano de enlace con el Consejo Superior de Administración Electrónica. El Pleno está integrado por: Presidente (Subsecretario/a de Igualdad), Vicepresidente (titular de la Subdirección General de Administración Electrónica, Servicios Tecnológicos y Régimen Interior), Vocales con representación de la Subdirección General de Programación y Gestión Económica y Presupuestaria; Gabinete de la Ministra; Gabinete de la Secretaría General de Políticas de Igualdad; Secretaría General Técnica; Delegación del Gobierno para la Violencia de Género; Dirección General para la Igualdad en el Empleo; Dirección General contra la Discriminación; Instituto de la Mujer; Instituto de la Juventud; y Secretario (funcionario/a de la Subdirección General citada, con nivel mínimo de Jefatura de Área, con voz y voto). La Comisión Permanente actúa como delegada del Pleno, integrada por el Vicepresidente del Pleno como Presidente, vocales de las seis unidades principales (Secretaría General Técnica, Delegación del Gobierno para la Violencia de Género, Dirección General para la Igualdad en el Empleo, Dirección General contra la Discriminación, Instituto de la Mujer e Instituto de la Juventud), y el Secretario. El Pleno se reúne, al menos, anualmente para conocer actividades de la Permanente, emitir informe sobre planificación presupuestaria y elevar el Plan Estratégico del Departamento en tecnologías de la información y administración electrónica al Consejo Superior. La Comisión Permanente se reúne, al menos, mensualmente para debatir asuntos de su competencia. Las competencias incluyen: elaborar el plan estratégico del Departamento en materia de tecnologías, coordinar el plan director de telecomunicaciones, vigilar el cumplimiento de directrices, entre otras. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** La Orden crea un órgano interno de coordinación tecnológica dentro del Ministerio de Igualdad, con representantes de sus principales direcciones, que se reúne periódicamente para planificar y supervisar la política de informática y telecomunicaciones del Departamento. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Estructura vigente**: La Orden establece la composición definitiva del Pleno y Permanente; cualquier cambio organizativo posterior en el Ministerio requiere revisión de esta regulación para mantener la representación de órganos que pudieran haber sido reestructurados o suprimidos. 📋 **Vigencia del marco**: El Real Decreto 589/2005 que fundamenta esta Comisión sigue siendo básico; cambios futuros en las normas de administración electrónica a nivel estatal podrían afectar las competencias y funciones aquí reguladas. ℹ️ **Contexto transfronterizo**: La administración electrónica es materia de armonización en la UE; la Directiva 2014/55/UE y posteriores normativas comunitarias sobre e-administración pueden influir en la evolución de estas funciones. ⚠️ **Riesgo de obsolescencia**: El Ministerio de Igualdad fue disuelto posteriormente; verificar en fuentes actuales la vigencia actual de esta estructura y si ha sido sustituida por órganos equivalentes en la estructura ministerial vigente. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden IGD/985/2009, el Real Decreto 589/2005 de 2005 establecía que los ministerios debían crear Comisiones Ministeriales de Administración Electrónica para coordinar su política tecnológica. El Ministerio de Igualdad, creado en 2008, debía adaptar esta estructura según el marco general del Real Decreto 589/2005. La Orden de 2009 concretó la organización interna de esta Comisión en el Ministerio, integrando funciones de tecnologías de la información y telecomunicaciones. Este marco es relevante porque establece la base para la gestión electrónica en el ámbito estatal, precediendo a normativas más recientes de la Unión Europea y a las normativas autonómicas, que suelen basarse en este modelo.

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