Orden FOM/982/2009, de 21 de abril, por la que se determinan para el año 2007 los costes tipo aplicables a los costes subvencionables regulados en el Real Decreto 170/2009, de 13 de febrero, sobre compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías incluidas en el anexo I del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, con origen o destino en las Islas Canarias.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-25 Fuente original: ES-BOE-REA — Orden FOM/982/2009, de 21 de abril ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** ES / ES-BOE-REA / Ministerio de Fomento / Orden / 21.04.2009 / FOM/982/2009 / Español / Transporte marítimo y aéreo; compensación insular; costes tipo / Islas Canarias (nacional) / MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Fija los costes tipo (precios de referencia) para calcular las ayudas al transporte de mercancías entre Canarias y la Península, y entre islas. Estos costes permiten determinar cuánto dinero pueden recibir las empresas de transporte como compensación por los gastos extras que genera llevar productos a un archipiélago alejado. --- **CONTEXTO** La Constitución española obliga a compensar los sobreprecios que sufre el transporte en Canarias por su condición insular. El Real Decreto 170/2009 reguló esta ayuda, pero necesitaba que cada año se calcularan los costes reales. Esta Orden cumple con esa obligación anual para 2007, fijando cifras para rutas marítimas (Canarias-Cádiz e interinsulares) y aéreas (Canarias-Madrid y entre islas), diferenciando si el producto es perecedero o no. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** El Ministerio de Fomento, en virtud del artículo 6.2 del Real Decreto 170/2009, establece costes tipo anuales para delimitar el máximo de gasto subvencionable en transporte. La Orden crea una tabla detallada por trayecto, modalidad de transporte (marítimo/aéreo) y unidad de carga (kilos, metros lineales, contenedores T20/T40). Los costes varían significativamente según la ruta. Para transporte marítimo Canarias-Cádiz, por ejemplo: 0,10 €/kg sin alquiler especial de unidad refrigerada, 0,11 €/kg si requiere producto perecedero. Un contenedor T40 (más grande) cuesta 1.241 € sin refrigeración y 1.541 € con ella en esa misma ruta. Para transporte aéreo Canarias-Barajas: 1,37 €/kg. Las rutas interinsulares son más baratas: Gran Canaria-Tenerife alcanza solo 0,03 €/kg marítimo. Hay diferencias por tipo de unidad: metro lineal (para carga de altura variable), T20 (contenedor pequeño) y T40 (grande). El documento no crea nuevos derechos sino que fija parámetros técnicos para aplicar el régimen de compensación ya establecido. Los operadores independientes de esas rutas suministraron la información al Ministerio para calcular estos costes reales. La Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** El Gobierno publica una tabla de precios de referencia para saber cuánto puede subvencionar el transporte de productos a Canarias. Estos precios cambian según si la mercancía es perecedera, cómo se transporta y cuál es la ruta. Es una herramienta técnica anual que hace operativo un régimen de ayudas ya existente. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Obligación de aplicación**: Los operadores de transporte en rutas canarias deben conocer estos costes tipo para facturar correctamente y las administraciones para controlar el gasto subvencionable. ⚠️ **Distinción crítica — producto perecedero**: El coste es mayor si la carga requiere alquiler de unidades refrigeradas. Esta distinción afecta directamente a frutas, verduras, pescado y productos lácteos. ℹ️ **Relevancia transfronteriza**: El sistema de compensación canario es un régimen especial de Derecho UE (art. 1 del Anexo I del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea). Empresas portuguesas, francesas u holandesas que operen en rutas Canarias-Península están sujetas a estos costes tipo. ✅ **Oportunidad de certidumbre**: Los operadores conocen anticipadamente el máximo subvencionable, lo que facilita planificación de márgenes y costes operativos en rutas insularmente aisladas. --- **VOTOS PARTICULARES** No constan. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden FOM/982/2009, el sistema de compensación al transporte insular en Canarias se regulaba mediante el Real Decreto 170/2009, que establecía un marco general pero no fijaba costes tipo anuales. Esta Orden completa el marco legal al determinar los costes tipo específicos para 2007, necesarios para calcular las ayudas subvencionables. A nivel estatal, la normativa se alinea con la Constitución española, que exige compensar los costes adicionales de las islas. A nivel de la Unión Europea, el Tratado Constitutivo de la CE establece principios de compensación insular, pero no detalla mecanismos operativos, lo que hace que las normas nacionales como esta Orden sean clave para su aplicación práctica.