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Real Decreto 713/2024, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que regula el Sistema Arbitral de Consumo.

BOE-A-2024-15208Publicada: 24/07/2024Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** El Real Decreto 713/2024, de 23 de julio, aprueba el nuevo Reglamento del Sistema Arbitral de Consumo. Este sistema es un mecanismo extrajudicial y gratuito que permite resolver conflictos entre consumidores y empresarios sin necesidad de acudir a los tribunales. Sus decisiones son vinculantes y ejecutivas para ambas partes, es decir, de obligado cumplimiento. La norma sustituye al anterior reglamento de 2008, que llevaba más de dieciséis años en vigor. **¿A quién afecta?** Afecta a los consumidores y usuarios que tengan un litigio derivado de una relación de consumo con un empresario, tanto en conflictos nacionales como transfronterizos dentro de la Unión Europea. También afecta a los empresarios adheridos al sistema, a las Juntas Arbitrales de Consumo como órganos administrativos que gestionan los procedimientos, y a las asociaciones que representan a consumidores y empresarios. **¿Qué cambia o establece?** La norma adapta el sistema arbitral de consumo a la legislación europea sobre resolución alternativa de litigios (Directiva 2013/11/UE y Ley 7/2017) y a la Ley de Procedimiento Administrativo Común de 2015. Entre los aspectos prácticos más relevantes: los procedimientos arbitrales ya iniciados antes de su entrada en vigor seguirán tramitándose conforme a las reglas anteriores; las empresas con ofertas de adhesión limitadas tienen seis meses para adaptarlas a la nueva norma, y si no lo hacen expresamente, se eliminarán automáticamente esas limitaciones en beneficio del consumidor. La norma entra en vigor a los veinte días de su publicación en el BOE.

💬 Contexto ciudadano

El Sistema Arbitral de Consumo, creado en 1993 y reformado en 2008, no había sido actualizado para incorporar la Directiva 2013/11/UE de Resolución Alternativa de Litigios ni la normativa española de transposición (Ley 7/2017). El nuevo reglamento pone fin a ese desfase de once años y armoniza el procedimiento español con el estándar europeo de ADR, que garantiza plazos máximos de resolución, transparencia e independencia del árbitro. Comparado con los sistemas ADR del Reino Unido, Alemania o Francia, el sistema español es gratuito y de adhesión voluntaria para empresas. La importancia práctica es que la adaptación facilita la resolución de litigios transfronterizos dentro de la UE y actualiza las garantías de los consumidores especialmente frente a empresas de ecommerce, sector donde los conflictos transfronterizos se han multiplicado desde 2015.

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