Real Decreto 708/2024, de 23 de julio, por el que se aprueba el Estatuto de las personas cooperantes.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** El Real Decreto 708/2024, de 23 de julio, aprueba el nuevo Estatuto de las personas cooperantes, una norma que regula las condiciones de trabajo, derechos y obligaciones de quienes desarrollan actividades de cooperación internacional para el desarrollo sostenible y la acción humanitaria. Sustituye al anterior Estatuto de 2006 y se aprueba en cumplimiento del mandato de la Ley 1/2023, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global. **¿A quién afecta?** Afecta a las personas cooperantes, es decir, a los profesionales que trabajan en proyectos de cooperación internacional sobre el terreno, tanto en el ámbito de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) como en el de otros actores del sistema: comunidades autónomas, entes locales y entidades privadas promotoras de cooperación internacional o acción humanitaria. También afecta a las propias entidades promotoras, que asumen obligaciones concretas hacia estas personas. **¿Qué cambia o establece?** La norma amplía la definición de persona cooperante y el ámbito de aplicación del Estatuto, y refuerza sus derechos en materia de reembolso de gastos de viaje y expatriación, retribuciones complementarias por vivienda y escolarización, y seguro médico. Establece un seguro colectivo concertado por la AECID, regula la formación y el desarrollo de la carrera profesional, el apoyo al retorno y la reintegración, y fija un régimen específico de indemnizaciones por muerte o daños físicos o psíquicos, extendiendo a las personas cooperantes el régimen previsto para participantes en operaciones de paz y seguridad.
💬 Contexto ciudadano
El anterior Estatuto de cooperantes databa de 2006 y no había sido actualizado pese a los cambios sustanciales en el trabajo humanitario derivados de las crisis en Siria, Yemen, Afganistán y el Sahel. El nuevo estatuto amplía el ámbito de aplicación a cooperantes de CCAA y entidades locales (no solo AECID), refuerza las coberturas de seguro y la protección por daños psíquicos —relevante tras los estudios sobre TEPT en cooperantes humanitarios— y mejora el apoyo al retorno. La referencia comparada más cercana es el statut du volontaire français de solidarité internationale (2005). La importancia es que un estatuto actualizado mejora las condiciones laborales y de seguridad del personal que trabaja en contextos de emergencia humanitaria, sector donde España tiene una presencia internacional creciente y compromisos asumidos ante la ONU.