Real DecretoNacionalvigente

Corrección de errores del Real Decreto 432/2009, de 27 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se desarrolla la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración General del Estado.

BOE-A-2009-8273Publicada: 19/05/2009MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-25 Fuente original: ES-BOE-REA — Corrección de errores del Real Decreto 432/2009, de 27 de marzo ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** | Elemento | Detalle | |----------|---------| | **JURISDICCIÓN** | ES | | **FUENTE** | ES-BOE-REA | | **ÓRGANO** | Gobierno de España (Boletín Oficial del Estado) | | **TIPO** | Corrección de errores / Fe de erratas | | **FECHA** | RD original: 27 de marzo de 2009; Corrección: BOE nº 91 (14 de abril de 2009) | | **IDENTIFICADOR** | Corrección de RD 432/2009 | | **IDIOMA ORIGINAL** | Español | | **MATERIAS** | Conflictos de intereses; Altos cargos; Gobierno; Declaración de patrimonio; Administración General del Estado | | **ÁMBITO** | Nacional (AGE) | | **RELEVANCIA IW** | MEDIA | --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Una fe de erratas que corrige tres errores de formulación en los documentos de declaración de conflictos de intereses que deben presentar obligatoriamente los miembros del Gobierno y altos cargos de la Administración General del Estado. Afecta específicamente a los formularios relativos a participaciones accionariales y puestos en órganos de administración. --- **CONTEXTO** La Ley 5/2006 establece un régimen legal específico para la regulación de conflictos de intereses en la Alta Administración española. El Real Decreto 432/2009 desarrolla operativamente cómo se formaliza el cumplimiento de esa obligación mediante formularios de declaración. Al detectarse imprecisiones en la redacción original, se publica esta corrección para eliminar ambigüedades y garantizar la uniformidad en la cumplimentación de los documentos. Esta corrección es especialmente relevante para el personal directivo de todas las administraciones territoriales que deba ajustarse al estándar estatal. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** El Real Decreto 432/2009 es corregido en tres aspectos formales de sus formularios de declaración: 1. **Corrección en campo F.8** (participaciones en sociedades anónimas con capital suscrito superior a 600.000 euros): Se añade un apartado final denominado "Sociedad:" para que el alto cargo indique expresamente la identificación de la sociedad anónima en que ostenta participación, incluso cuando esta sea inferior al 10 % si «pueda condicionar de forma relevante su actuación» *(Artikel 8 del Reglamento del RD 432/2009)*. Esta identificación es obligatoria para garantizar la trazabilidad del potencial conflicto. 2. **Corrección en campo C.3** (presidencia o consejería delegada en sociedades con participación estatal): Se reestructura el formulario para incluir un apartado independiente "Sociedad Mercantil:" donde conste el nombre de la entidad mercantil sobre la que se ostentó ese cargo. Asimismo se reajusta la tabla de datos relativos a porcentaje de participación estatal y fecha de autorización del Consejo de Ministros. 3. **Corrección en campo F.7** (participaciones superiores al 10 % en empresas con conciertos, contratos públicos o receptoras de subvenciones): Se introduce claridad en la estructura del formulario para asegurar que queden correctamente documentadas las participaciones de alto cargo, cónyuge, persona en análoga relación de afectividad, hijos dependientes y personas tuteladas. Estas rectificaciones son de carácter puramente formal y procedimental, orientadas a uniformizar la documentación y evitar omisiones involuntarias en la declaración. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Los altos cargos que ya tienen presentada su declaración de conflictos de intereses no necesitan actualizar nada retroactivamente. Pero si tienen que hacer una declaración nueva (por cambio de cargo o aniversario), deben usar los formularios corregidos y asegurarse de escribir el nombre de las empresas en los apartados que ahora están claramente marcados. Es un ajuste administrativo para que todo esté documentado de forma completa y uniforme. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Aplicabilidad futura**: Las correcciones afectan a todas las nuevas declaraciones presentadas a partir de la publicación de la fe de erratas. Los altos cargos deben usar obligatoriamente los formularios revisados en la siguiente presentación requerida. 📋 **Obligación de especificar**: Ahora es obligatorio indicar expresamente el nombre de cada sociedad (apartados "Sociedad:" y "Sociedad Mercantil:"). La omisión del nombre de la empresa podría considerarse incompletud en la declaración. ℹ️ **Relevancia transfronteriza**: Este régimen de conflictos de intereses es específico de España y su AGE. Los funcionarios españoles destacados en órganos de la UE o de otras administraciones deben verificar si su normativa de origen continúa siendo aplicable tras cualquier cambio de estatus. ✅ **Carga normativa reducida**: Las correcciones no crean nuevas obligaciones de declaración, solo aclaran los formularios existentes. No requieren reinterpretación de qué conflictos deben declararse, sino mejor documentación de los ya identificados. --- **VOTOS PARTICULARES** No constan. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Corrección de errores del Real Decreto 432/2009, existía un régimen legal definido por la Ley 5/2006, que establecía la obligatoriedad de la declaración de conflictos de intereses para los miembros del Gobierno y altos cargos. Este marco legal fue desarrollado por el Real Decreto 432/2009, que introdujo formularios específicos para la declaración de participaciones accionariales y puestos en órganos de administración. La corrección de errores busca corregir formulaciones defectuosas en dichos formularios, garantizando una mayor precisión y claridad en la aplicación de la normativa. Esta norma es relevante porque asegura el cumplimiento efectivo de la transparencia y la ética en la gestión pública, especialmente en el ámbito estatal y, por extensión, en las comunidades autónomas y la Unión Europea, donde también existen regulaciones similares.

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