Real DecretoNacionalvigente

Orden PRE/1501/2009, de 4 de junio, por la que se modifica el anexo del Real Decreto 465/2003, de 25 de abril, sobre las sustancias indeseables en la alimentación animal.

BOE-A-2009-9628Publicada: 10/06/2009MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-25 Fuente original: ES-BOE-REA — Orden PRE/1501/2009, de 4 de junio ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** JURISDICCIÓN: ES | FUENTE: ES-BOE-REA | ÓRGANO: Ministerios de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino; de Sanidad y Política Social | TIPO: Orden de modificación de Real Decreto | FECHA: 4 de junio de 2009 | IDENTIFICADOR: Orden PRE/1501/2009 | IDIOMA ORIGINAL: Español | MATERIAS: Seguridad alimentaria, Alimentación animal, Sustancias peligrosas, Seguridad veterinaria | ÁMBITO: Nacional (incorporación armonizada UE) | RELEVANCIA IW: INFORMATIVA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Actualiza los límites máximos permitidos de sustancias tóxicas e indeseables en piensos y alimentos para animales, incorporando al ordenamiento español la Directiva comunitaria 2008/76/CE. Modifica y elimina criterios sobre flúor, pesticidas (DDT), semillas tóxicas y otros contaminantes que afectan a la seguridad de la cadena ganadera. --- **CONTEXTO** El Real Decreto 465/2003 trasladó a España la Directiva 2002/32/CE sobre sustancias prohibidas o limitadas en piensos. La regulación comunitaria ha evolucionado: la Directiva 2008/76/CE revisó esos límites máximos en julio de 2008, bajando algunos umbrales por nuevos conocimientos toxicológicos. Esta Orden incorpora esa actualización, elimina restricciones obsoletas (plantas como albaricoque o almendra amarga que resultaron innecesarias) y armoniza controles en toda la UE para evitar que piensos inseguros lleguen al mercado español. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La Orden modifica la Parte A del Anexo del RD 465/2003 mediante tres acciones: **Sustituciones (actualizaciones de límites):** - **Apartado 3 (Flúor):** Los límites varían por tipo de pienso. Materias primas para alimentación animal (excepto origen animal, fosfatos y algas calcáreas) no excederán 150 mg/kg. Piensos complementarios: 500 mg/kg si contienen ≤ 4 % de fósforo; 3.000 mg/kg si > 4 % fósforo. Piensos completos: 2.000 mg/kg para bovinos, ovinos y caprinos lactantes; 350 mg/kg otras categorías bovinos/ovinos/caprinos; 600 mg/kg cerdos; 1.000 mg/kg aves; 500 mg/kg peces. La determinación analítica se realizará en ácido clorhídrico 1 N durante 20 minutos a temperatura ambiente. - **Apartado 14 (Semillas de malas hierbas con alcaloides):** Incluye *Datura stramonium* L. Límite: 3.000 mg/kg en todos los piensos; 1.000 mg/kg en piensos específicos. - **Apartado 21 (DDT):** Suma de isómeros DDT, DDD/TDE y DDE calculada como DDT. Límite: 0,05 mg/kg en todos los piensos excepto materias grasas y aceites; 0,5 mg/kg en grasas y aceites. Nota importante: el 31 de diciembre de 2008 debían revisarse estos niveles para reducirlos aún más. **Supresiones (eliminación de restricciones):** - Apartado 28 (*Prunus armeniaca* L., albaricoque) - Apartado 29 (Almendra amarga, *Prunus dulcis* var. *amara*) - Apartado 31 (*Camelina sativa*, camelina) Estas tres plantas dejan de considerarse sustancias indeseables, permitiendo su uso en formulación de piensos. **Procedimiento:** Orden dictada bajo habilitación de la disposición final segunda del RD 465/2003, previo informe de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, consulta a comunidades autónomas y entidades afectadas, e informe de la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria. **Entrada en vigor:** Día siguiente a su publicación en BOE; aplicable desde 1 de abril de 2009. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Si produces piensos o alimentas ganado en España, desde abril 2009 debes ajustarte a nuevos límites de flúor, DDT y otras sustancias tóxicas. La buena noticia es que algunos ingredientes (almendra amarga, camelina) ahora sí puedes usar. Todos los cambios alinean España con la normativa de la UE para que los piensos sean más seguros. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** ✅ **Oportunidad:** Eliminación de restricciones sobre albaricoque, almendra amarga y camelina simplifica formulación de piensos y amplía disponibilidad de materias primas autorizadas. ⚠️ **Precaución:** Nuevos límites máximos de flúor y DDT son más restrictivos en algunos piensos. Requiere revisión inmediata de fórmulas existentes, auditoría de proveedores de materias primas y validación de métodos analíticos (especialmente extracción de flúor en HCl 1N). 📋 **Obligación:** Control obligatorio de composición antes de 1 de abril de 2009. Laboratorios deben verificar que métodos analíticos cumplen especificaciones técnicas del documento. ℹ️ **Información transfronteriza:** Esta armonización UE es vinculante en todos los Estados miembros. Si importas piensos o ingredientes desde otros países de la UE, verificar que proveedores aplican idénticos límites para evitar rechazos en frontera. --- **VOTOS PARTICULARES** No existen votos particulares en órdenes ministeriales de modificación normativa. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden PRE/1501/2009, el marco normativo español sobre sustancias indeseables en la alimentación animal se basaba en el Real Decreto 465/2003, que incorporaba la Directiva 2002/32/CE. Sin embargo, la Directiva comunitaria 2008/76/CE introdujo modificaciones significativas, como la reducción de límites máximos de sustancias tóxicas basadas en nuevos conocimientos científicos. Esta Orden actualiza la normativa española para alinearse con el marco de la UE, eliminando criterios obsoletos y mejorando la seguridad alimentaria. La importancia radica en la harmonización con la UE y en la protección de la salud animal y humana frente a contaminantes.

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