Ley 1/2024, de 8 de julio, de modificación de la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** La Ley 1/2024, de 8 de julio, modifica la Ley de Transparencia y Participación Ciudadana de la Región de Murcia de 2014. Su objetivo es simplificar y hacer más eficiente el sistema de control de la transparencia pública en la Comunidad Autónoma, adaptando las estructuras de supervisión existentes para agilizar su funcionamiento. **¿A quién afecta?** Afecta a todas las entidades e instituciones de la Región de Murcia sujetas a las obligaciones de transparencia, así como a cualquier ciudadano que quiera acceder a información pública o presentar una reclamación por denegación de dicho acceso. También incumbe a los órganos internos de la Administración regional encargados de velar por el cumplimiento de estas obligaciones. **¿Qué cambia o establece?** La principal novedad es la sustitución del antiguo Consejo de la Transparencia —un órgano colegiado de trece miembros que acumulaba retrasos— por dos figuras nuevas: el **Comisionado de Transparencia**, órgano unipersonal e independiente designado por la Asamblea Regional entre personas de reconocido prestigio, que se encarga de supervisar el cumplimiento de la publicidad activa y el derecho de acceso a la información; y la **Comisión de Transparencia**, órgano de carácter técnico ante el que los ciudadanos podrán presentar, de forma voluntaria y antes de acudir a los tribunales, reclamaciones contra resoluciones en materia de acceso a la información pública. Las resoluciones de esta Comisión se publicarán electrónicamente, con eliminación previa de datos personales.
💬 Contexto ciudadano
Murcia sustituye el Consejo de Transparencia (órgano colegiado de trece miembros) por un sistema dual: un Comisionado unipersonal para supervisión activa y una Comisión técnica para resolver reclamaciones ciudadanas en vía previa al recurso judicial. El modelo unipersonal sigue el ejemplo del Information Commissioner del Reino Unido y es análogo al Síndic de Greuges catalán para reclamaciones de acceso a información. La lentitud acumulada del antiguo consejo colegiado justificó la reforma, que busca reducir tiempos de resolución. La importancia es que Murcia opta por un modelo ágil y de responsabilidad individual frente al colegial, apostando por la eficacia sobre la representatividad en la supervisión de la transparencia pública, siguiendo una tendencia reformadora visible también en el Consejo estatal de Transparencia.