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Real Decreto 1043/2009, de 29 de junio, de ampliación de las funciones y servicios de la Administración del Estado traspasados a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en materia de conservación de la naturaleza (Parque Nacional Marítimo-Terrestre del Archipiélago de Cabrera).

BOE-A-2009-10763Publicada: 30/06/2009MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-25 Fuente original: ES-BOE-RD — Real Decreto 1043/2009, de 29 de junio ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** JURISDICCIÓN: ES | FUENTE: ES-BOE-RD | ÓRGANO: Consejo de Ministros / Administración General del Estado | TIPO: Real Decreto | FECHA: 29 de junio de 2009 | IDENTIFICADOR: RD 1043/2009 | IDIOMA ORIGINAL: Español | MATERIAS: Derecho Administrativo, Medio Ambiente, Competencias Autonómicas, Parques Naturales | ÁMBITO: Comunidad Autónoma de las Illes Balears / Parque Nacional Marítimo-Terrestre del Archipiélago de Cabrera | RELEVANCIA IW: MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** El Real Decreto aprueba la transferencia de funciones y servicios de la Administración estatal a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para la administración y gestión del Parque Nacional Marítimo-Terrestre del Archipiélago de Cabrera, incluyendo la asunción de bienes, derechos, obligaciones y medios personales asociados. --- **CONTEXTO (para entenderlo mejor)** La Constitución Española (art. 149.1.23.ª) reserva al Estado la legislación básica ambiental, mientras que el Estatuto de Autonomía de Baleares (Ley Orgánica 1/2007) confiere a la comunidad autónoma competencia exclusiva en protección del medio ambiente, montes y espacios naturales protegidos. La Ley 5/2007 de la Red de Parques Nacionales permite que las comunidades autónomas gestionen los parques ubicados en su territorio, dentro del respeto de la legislación básica estatal. Este traspaso se inscribe en una serie anterior de transferencias (1984, 1986, 1999) en materia de conservación de la naturaleza. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** El Real Decreto aprueba íntegramente el Acuerdo alcanzado por la Comisión Mixta de Transferencias Administración del Estado-Comunidad Autónoma de las Illes Balears en su sesión plenaria del 17 de junio de 2009. **Artículo 1:** Se autoriza la ampliación de funciones y servicios ya traspasados anteriormente en materia de conservación de la naturaleza, específicamente para la gestión del Parque Nacional Marítimo-Terrestre del Archipiélago de Cabrera. **Artículo 2:** Se transfieren a Baleares —conforme a las relaciones anexas del acuerdo— las funciones y servicios de administración y gestión ordinaria del parque, así como los bienes, derechos, obligaciones y medios personales (*recursos humanos y técnicos*) necesarios para su ejecución. Igualmente se transfieren los créditos presupuestarios determinados según el procedimiento establecido en el acuerdo. **Artículo 3:** El traspaso tiene efectividad a partir de la fecha señalada en el acuerdo (17 de junio de 2009). **Artículo 4:** El Ministerio de Economía y Hacienda efectuará las transferencias presupuestarias, dando de baja los créditos en conceptos estatales y trasladándolos a la sección 32 de los Presupuestos Generales del Estado, previa remisión por parte del Ministerio de Medio Ambiente de los certificados de retención de crédito. **Disposición final única:** El real decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Desde Madrid se autoriza que Baleares maneje directamente la administración y gestión del Parque Nacional de Cabrera. Se trasladan los presupuestos, el personal y los medios necesarios. La decisión es operativa a partir de junio de 2009. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** ✅ **Oportunidad de gestión autonómica:** La Comunidad Autónoma adquiere plena capacidad de administración ordinaria del parque, permitiendo decisiones más próximas al territorio y contexto local. ⚠️ **Límites de competencia:** La transferencia no abarca legislación básica en materia ambiental, que permanece en el Estado conforme al artículo 149.1.23.ª CE. Las Illes Balears pueden dictar normas adicionales de protección, pero dentro del marco estatal. 📋 **Transferencia de medios:** Es obligatorio que se ejecute la transferencia de todos los bienes, derechos, obligaciones y créditos presupuestarios especificados en las relaciones anexas del acuerdo. Requiere coordinación con el Ministerio de Hacienda. ℹ️ **Contexto transfronterizo:** Este modelo de transferencia de competencias sobre espacios naturales protegidos es aplicable en otras comunidades autónomas con parques nacionales en su territorio, reflejando la evolución del Estado autonómico español hacia mayor descentralización en gestión ambiental ordinaria. --- **VOTOS PARTICULARES** No constan votos particulares en este real decreto. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto, la gestión del Parque Nacional Marítimo-Terrestre del Archipiélago de Cabrera era competencia del Estado, según la normativa estatal ambiental. Con la transferencia establecida en el RD 1043/2009, las Illes Balears asumen esta función, alineándose con su competencia exclusiva en protección del medio ambiente según su Estatuto. Este cambio refleja la redistribución de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas, reforzando la autonomía local en temas ambientales y mejorando la gestión territorial específica.

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