Ley 3/2024, de 27 de junio, de modificación de la Ley 11/2016, de 28 de noviembre, de la Generalitat, de la Agencia de Prevención y lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunitat Valenciana.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Es una ley de la Comunitat Valenciana que modifica la normativa que regula la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunitat Valenciana, organismo creado en 2016. Su objetivo es actualizar y clarificar el funcionamiento de la agencia, incorporar la protección europea de las personas que denuncian irregularidades y precisar hasta dónde llega la capacidad de actuación de la agencia. **¿A quién afecta?** Afecta a toda la ciudadanía de la Comunitat Valenciana, y en particular a quienes denuncien fraude o corrupción, que pasan a tener protección legal reforzada. También afecta a una amplia variedad de entidades sometidas al control de la agencia: la Generalitat y su sector público, ayuntamientos, universidades públicas, partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales, empresas concesionarias de servicios públicos y cualquier entidad financiada mayoritariamente con fondos públicos. **¿Qué cambia o establece?** La ley adscribe formalmente la agencia a Les Corts (el parlamento valenciano), define con más detalle su ámbito de actuación —incluyendo corrupción, fraude e irregularidades administrativas— y establece que el canal externo de denuncias del sector público se regirá por esta ley y por la normativa europea y estatal de protección de denunciantes (Directiva 2019/1937 y Ley 2/2023). Además, garantiza que cualquier persona que denuncie ante la agencia contará con las protecciones previstas en esa normativa estatal y, adicionalmente, con las que establezca la propia ley valenciana.
💬 Contexto ciudadano
La Agencia Valenciana Antifrau fue creada en 2016 y ganó notoriedad actuando en casos de corrupción municipal y autonómica. La modificación de 2024 transpone parcialmente la Directiva europea de protección de denunciantes (2019/1937) y la Ley estatal 2/2023, reforzando las garantías para los whistleblowers. La adscripción formal de la agencia a Les Corts en lugar de al Ejecutivo es un rasgo diferencial respecto a agencias autonómicas similares en otras CCAA, equiparándola funcionalmente al Síndic de Greuges. La importancia es que consolida la independencia institucional de la agencia y garantiza que quienes denuncien corrupción ante ella accedan a las protecciones previstas en el estándar europeo más exigente vigente, eliminando la posible dependencia del poder ejecutivo que controlaba.