Orden CIN/3048/2009, de 6 de noviembre, por la que se crea la Comisión de Coordinación de Bibliotecas del Ministerio de Ciencia e Innovación y de los Organismos y Entidades vinculadas al mismo.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-ORD — Orden CIN/3048/2009, de 6 de noviembre ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** JURISDICCIÓN: ES | FUENTE: ES-BOE-ORD | ÓRGANO: Ministerio de Ciencia e Innovación | TIPO: Orden Ministerial | FECHA: 2009-11-06 | IDENTIFICADOR: CIN/3048/2009 | IDIOMA ORIGINAL: Español | MATERIAS: Administración Pública; Gestión y coordinación de bibliotecas; Organización administrativa | ÁMBITO: Estatal/Ministerial | RELEVANCIA IW: MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Esta orden crea la Comisión de Coordinación de Bibliotecas del Ministerio de Ciencia e Innovación, un órgano consultivo y de asesoramiento encargado de coordinar técnicamente las bibliotecas del departamento ministerial y asegurar que funcionen con criterios uniformes. --- **CONTEXTO** En 2007, el Gobierno reguló mediante Real Decreto los mecanismos de coordinación de bibliotecas en la Administración Pública, exigiendo a cada ministerio crear una comisión departamental. Paralelamente, la Ley 10/2007 (de la lectura, el libro y las bibliotecas) estableció como objetivo que el patrimonio bibliográfico público fuese accesible de forma conjunta y coordinada. Esta orden ejecuta esos mandatos para el Ministerio de Ciencia e Innovación, integrando sus bibliotecas (tanto internas como de organismos adscritos) en un sistema de coordinación unificado. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La Orden CIN/3048/2009 crea la Comisión adscrita al Subsecretario, presidida por el Secretario General Técnico (o su delegado) y con participación de representantes de cada órgano, unidad, agencia u organismo público del departamento que posea bibliotecas. La Comisión actúa como máximo órgano consultivo, técnico y de asesoramiento en materia de bibliotecas. Sus funciones comprenden: (a) velar por el cumplimiento de instrucciones de la Comisión General de Coordinación de Bibliotecas; (b) elaborar el directorio de bibliotecas departamentales, evaluando si cada estructura reúne requisitos mínimos (personal adecuado, colecciones apropiadas cualitativamente); (c) informar sobre creación, supresión o reorganización de bibliotecas; (d) adoptar acuerdos de mejora de recursos, procesos y servicios bibliotecarios; (e) establecer objetivos mediante proyectos y asignaciones presupuestarias; (f) informar la memoria anual de gestión; (g) adoptar acuerdos sobre preservación del patrimonio bibliográfico y digital. La Comisión debe adecuar sus ámbitos de actuación a funciones típicas de cualquier biblioteca: información y comunicación técnica, formación y desarrollo de colecciones, descripción y acceso a recursos, servicios al usuario, preservación y conservación, y aplicación de tecnologías de la información y comunicación, incluyendo bibliotecas digitales. Conforme al artículo 8.1.m) del Real Decreto 1042/2009, la Secretaría General Técnica ostenta competencias sobre dirección, organización y gestión de bibliotecas y servicios de documentación del Ministerio. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** El Estado crea un órgano dentro del Ministerio para que todas sus bibliotecas trabajen de forma coordinada y ordenada. Esta comisión establece normas comunes, revisa cuáles son biblioteca de verdad (no cualquier carpeta con libros), y hace que los ciudadanos puedan buscar documentos en un único catálogo. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Obligación de coordinación.** Los organismos y entidades vinculadas al Ministerio deben participar mediante representantes en los acuerdos de la Comisión; es un trámite sin discrecionalidad. ℹ️ **Criterios de acreditación bibliotecaria.** No toda estructura con libros cuenta como "biblioteca" a efectos administrativos; la Comisión evalúa personal, volumen y calidad de colecciones conforme a estándares internacionales. ⚠️ **Riesgo de cambios organizativos.** Cualquier creación, supresión o reorganización de bibliotecas departamentales requiere informe previo de la Comisión; la ausencia de este informe puede afectar a la validez del acto administrativo. ℹ️ **Alcance transfronterizo.** Los estándares de "normas, recomendaciones y estándares" que aplicará la Comisión proceden de organismos internacionales (ISO, IFLA, etc.), alineando bibliotecas españolas con prácticas europeas de interoperabilidad y acceso abierto. --- **VOTOS PARTICULARES** No constan. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden CIN/3048/2009, el Ministerio de Ciencia e Innovación no contaba con una estructura específica para coordinar sus bibliotecas, a diferencia de otros ministerios que ya habían creado comisiones departamentales en 2007 mediante Real Decreto. Además, la Ley 10/2007 exigía una coordinación nacional de los recursos bibliográficos públicos. Esta orden establece la Comisión de Coordinación de Bibliotecas como órgano consultivo, asegurando la uniformidad en la gestión y el acceso a las bibliotecas del ministerio, alineándose con las normas estatales y europeas que promueven la colaboración y la eficiencia en la administración pública.