Orden MinisterialNacionalvigente

Orden CIN/3035/2009, de 5 de noviembre, por la que se crea una oficina de registro auxiliar en el Ministerio de Ciencia e Innovación.

BOE-A-2009-18121Publicada: 14/11/2009MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-ORD — Orden CIN/3035/2009, de 5 de noviembre ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** ES / BOE-ORD / Ministerio de Ciencia e Innovación / Orden Ministerial / 5 de noviembre de 2009 / CIN/3035/2009 / Español / Procedimiento administrativo, registros auxiliares, organización administrativa / AGE / INFORMATIVA **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Crea una oficina de registro auxiliar en el Ministerio de Ciencia e Innovación para que los ciudadanos puedan presentar escritos y solicitudes en una sede diferente a la central, mejorando la accesibilidad y la agilidad administrativa. **CONTEXTO** El Real Decreto 772/1999 autoriza a los órganos administrativos a tener, además de una oficina de registro general, oficinas de registro auxiliares en otras dependencias con idénticas funciones. El Ministerio de Ciencia e Innovación, con dependencias en distintas sedes madrileñas, requería esta infraestructura registral para optimizar el funcionamiento interno y facilitar el acceso de ciudadanos y entidades. Esta medida se inscribe en las políticas de modernización administrativa desarrolladas en 2009. **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La Orden CIN/3035/2009 crea formalmente una oficina de registro auxiliar ubicada en la calle Ramírez de Arellano, nº 29, de Madrid. Conforme al artículo 11 del RD 772/1999, esta oficina tiene consideración de órgano administrativo, aunque su creación ha requerido cumplimiento de la Ley 6/1997 sobre organización de la Administración General del Estado (artículo 67.1.b)). El registro auxiliar dependerá jerárquicamente de la oficina de registro general del Ministerio, ubicada en sede central. Ejercerá todas las funciones previstas en el artículo 13 del RD 772/1999: recepción y distribución de solicitudes, escritos y comunicaciones; expedición de copias; devolución de originales; constancia de entrada y salida. Será interconectado e integrado telemáticamente con el registro general, remitiendo copia de todos los asientos registrales. El registro general mantiene las funciones de constancia y certificación en caso de litigios o discrepancias sobre recepción o remisión de documentos. La Subsecretaría de Ciencia e Innovación comunicará al Ministerio de la Presidencia la localización, horarios y variaciones, para su publicación conforme a la disposición adicional primera del RD 772/1999. La orden se ejecuta sin incremento de gasto público, delegando en la Subsecretaría las medidas de desarrollo y entrada en vigor al día siguiente de publicación en BOE. **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** A partir de noviembre de 2009, los ciudadanos y empresas pueden presentar documentos en una oficina de registro del Ministerio de Ciencia e Innovación situada en Ramírez de Arellano, además de en la sede central. Funciona como satélite del registro principal, pero con las mismas garantías legales. Todo está conectado informáticamente para que no haya problemas. **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Trámites administrativos desde el 6 de noviembre de 2009**: Si tienes que presentar documentos ante el Ministerio de Ciencia e Innovación (solicitudes de subvenciones, comunicaciones, etc.), puedes hacerlo en la calle Ramírez de Arellano, 29, Madrid, con efectos legales idénticos que en sede central. 📋 **Oficina integrada con registro general**: Aunque presentes en el registro auxiliar, los asientos se replican automáticamente al registro general; este último certifica en caso de litigios, por lo que no pierdes garantías legales. ℹ️ **Coordinación para cambios**: Si la localización, horarios o depende del registro auxiliar varían, el Ministerio debe comunicarlo a Presidencia para publicación, así que consulta actualizaciones oficiales. ✅ **Mejora de accesibilidad**: Supone una oportunidad para gestiones más ágiles con el Departamento sin necesidad de desplazarse a la sede central. **PIE AI ACT** ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden CIN/3035/2009, los registros administrativos en España seguían una estructura centralizada, regulada principalmente por el Real Decreto 772/1999, que permitía la existencia de oficinas auxiliares en dependencias distintas a la sede principal. Esta norma, vigente a nivel estatal, facilitó la creación de registros en distintas ubicaciones, incluyendo comunidades autónomas y entidades locales, con el objetivo de mejorar la accesibilidad. La Orden de 2009 aplicó esta norma a nivel ministerial, creando una oficina auxiliar en el Ministerio de Ciencia e Innovación, lo que refleja la modernización administrativa y la adaptación de la estructura estatal a las necesidades de organización y servicio público.

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