Orden MinisterialNacionalvigente

Orden DEF/3398/2009, de 10 de diciembre, por la que se regulan las Comisiones Presupuestarias del Ministerio de Defensa.

BOE-A-2009-20297Publicada: 18/12/2009MINISTERIO DE DEFENSA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-ORD — Orden DEF/3398/2009, de 10 de diciembre, por la que se regulan las Comisiones Presupuestarias del Ministerio de Defensa ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** **Jurisdicción:** ES | **Fuente:** ES-BOE-ORD | **Órgano:** Ministerio de Defensa | **Tipo:** Orden Ministerial | **Fecha:** 10 de diciembre de 2009 | **Identificador:** DEF/3398/2009 | **Idioma original:** Español | **Materias:** Presupuestos públicos, organización administrativa, defensa | **Ámbito:** Ministerial | **Relevancia IW:** MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Establece la estructura, composición y funciones de dos comisiones presupuestarias en el Ministerio de Defensa: una de nivel superior (con participación de altos cargos) y otra ejecutiva (de carácter operativo). Define cómo se organiza internamente la gestión presupuestaria de este departamento ministerial. --- **CONTEXTO** El Real Decreto 2855/1979 ya preveía la creación de comisiones presupuestarias en cada ministerio. Con la reforma orgánica del Ministerio de Defensa (Real Decreto 1126/2008), se precisaba regular específicamente estas comisiones en defensa, atribuyendo al Secretario de Estado la dirección de la política económica del departamento. La presente Orden Ministerial desarrolla esa previsión legal, estableciendo los órganos colegiados necesarios para que dicha política se prepare, planifique y ejecute ordenadamente, sin incrementar el gasto público. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La Orden crea dos comisiones presupuestarias adscritas a la Secretaría de Estado de Defensa. **Comisión Superior de Presupuestos:** presidida por el Secretario de Estado de Defensa, integrada por los Jefes de Estado Mayor (Defensa, Ejército de Tierra, Armada, Aire), Subsecretario, Secretario General de Política de Defensa, y con participación sin voto del Director General de Asuntos Económicos (artículos 3). Sus competencias (artículo 2.1) incluyen: conocer la ejecución presupuestaria, formular criterios para escenarios plurianuales y anteproyecto de presupuesto, proponer su aprobación, y evaluar bianualmente la viabilidad de programas de gasto relevantes. **Comisión Ejecutiva:** presidida por el Director General de Asuntos Económicos, integrada por directores generales de Armamento y Material, Infraestructura, Personal, representantes del Estado Mayor, subdirectores de Gestión Económica y Servicios, más directores de asuntos económicos de cada ejército (artículo 4). Sus funciones (artículo 2.2) comprenden: preparar reuniones de la Superior, recibir información sobre anteproyectos, revisar programas de gasto, y estudiar modificaciones de crédito: transferencias internas superiores a 3 millones de euros (Armamento, Infraestructuras, I+D, Sistemas de Información) y redistribuciones de inversión superiores a 300.000 euros bajo determinadas circunstancias (artículo 2.2.d)). **Funcionamiento:** La Superior se reúne al menos dos veces anuales (art. 5.1); la Ejecutiva, cuantas veces sea necesario (art. 5.2). Se constituye un Grupo de Trabajo permanente de Inversiones en la Ejecutiva (art. 5.3). Ambas se ajustan a la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas, pueden usar medios electrónicos conforme a Ley 11/2007, y constituir grupos de trabajo específicos (art. 5.4). La disposición adicional segunda autoriza al Secretario de Estado a modificar las cuantías de umbral señaladas cuando las circunstancias económicas lo aconsejen. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** El Ministerio de Defensa dispone de dos comisiones que supervisan y aprueban cómo se gasta el presupuesto: una de alto nivel que traza las líneas generales, y otra operativa que controla día a día las operaciones económicas. No añade coste alguno (funciona con personal ya existente) y busca que los recursos se asignen según prioridades estratégicas de defensa. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Trámite obligatorio para transferencias y modificaciones:** Cualquier transferencia interna de más de 3 millones de euros o redistribución de inversiones superior a 300.000 euros requiere necesariamente dictamen de la Comisión Ejecutiva. Sin él, no pueden ejecutarse. ⚠️ **Límites de competencia delegada:** El Secretario de Estado puede modificar las cuantías de umbral, pero solo cuando circunstancias económicas lo justifiquen. No es discreción ilimitada. ✅ **Flexibilidad operativa:** Las comisiones pueden usar medios electrónicos y constituir grupos de trabajo específicos para temas concretos, permitiendo agilidad en la gestión sin modificar la Orden. 📋 **Estructura piramidal de decisión:** La Comisión Superior fija criterios; la Ejecutiva propone y ejecuta. Esta cadena asegura consistencia entre planificación estratégica y decisiones operativas presupuestarias. --- **VOTOS PARTICULARES** No aplica. Se trata de una Orden Ministerial reguladora de órganos administrativos internos, no de una resolución de conflicto o pronunciamiento colegiado donde cabría disidencia individual. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden DEF/3398/2009, el sistema de comisiones presupuestarias en el Ministerio de Defensa estaba regulado de manera general por el Real Decreto 2855/1979, que establecía su creación en todos los ministerios. Sin embargo, con la reforma orgánica del Ministerio de Defensa en 2008, se precisó una regulación específica, ya que el Secretario de Estado asumía la dirección de la política económica del departamento. Esta Orden Ministerial desarrolla esa normativa, estableciendo estructuras y funciones detalladas, lo cual importa para garantizar una gestión presupuestaria eficiente y conforme a las nuevas competencias del Ministerio.

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