Real Decreto 1911/2009, de 11 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la organización internacional no gubernamental "Bread for the world".
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-RD — Real Decreto 1911/2009, de 11 de diciembre ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN:** ES / ES-BOE-RD / Consejo de Ministros, MAEC / Real Decreto / 2009-12-11 / RD 1911/2009 / ES / Subvenciones, Derechos Humanos, Cooperación Internacional, Agua y Saneamiento / Acción exterior estatal / INFORMATIVA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Autoriza la concesión directa (sin licitación pública) de una subvención de 15.000 euros al organismo internacional "Bread for the World" para ejecutar proyectos humanitarios de defensa de derechos humanos, con especial énfasis en agua potable y saneamiento. --- **CONTEXTO** El RD forma parte de la estrategia de política exterior española centrada en fortalecer derechos humanos e instituciones democráticas en Estados en transición. En 2008-2009, España lideraba una iniciativa multilateral en Naciones Unidas para reconocer el acceso a agua potable y saneamiento como derecho humano fundamental. La subvención se encuadra en ese objetivo geoestratégico y en el Plan de Derechos Humanos aprobado por el Gobierno el 12 de diciembre de 2008. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, resuelve conceder de forma excepcional una subvención directa a Bread for the World (organización internacional no gubernamental con sede en Stuttgart, Alemania) por razones de interés público y social. La concesión se ampara en los artículos 22.2.c), 28.2 y 28.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 67 del Real Decreto 887/2006. Esta vía excepcional evita la licitación pública habitual porque el Estado considera que el organismo posee capacidad especializada para ejecutar proyectos de ayuda a desfavorecidos, defensa de derechos y diálogo igualitario Norte-Sur. **Cuantía y financiación:** 15.000 euros con cargo a los créditos del Servicio 04 del MAEC. El pago se realizará por el importe total tras la firma de la resolución de concesión (que corresponde al Secretario de Estado de Asuntos Exteriores). **Obligaciones del beneficiario:** a) Ejecutar las actividades conforme a lo establecido en la resolución de concesión y este RD; b) Comunicar cualquier otra subvención, ayuda o ingreso que financie la actividad (para evitar doble financiación); c) Facilitar información requerida por el órgano concedente; d) Reconocer en materiales y documentación que la actividad se realiza en colaboración con el MAEC; e) Cumplir obligaciones de la Ley 38/2003 y RD 887/2006. **Justificación:** El beneficiario deberá presentar presupuesto desglosado y justificar, en plazo máximo de 12 meses desde la resolución, el cumplimiento de condiciones y consecución de objetivos mediante cuenta justificativa que incluya memoria económica con relación clasificada de gastos, identificación de acreedores, documentos de gasto (facturas o equivalentes) con importe y fecha, y documentación acreditativa de pago. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** El Gobierno español decide dar 15.000 euros directamente a una organización internacional que pelea contra el hambre sin tener que convocar una licitación pública, porque España tiene un especial interés en respaldar su trabajo en agua y saneamiento a nivel mundial, alineado con su liderazgo en Naciones Unidas. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Concesión por vía excepcional:** Se aplica el procedimiento de subvención directa (art. 22.2.c) LGS) fundamentado en razones de interés público y social, saltando los trámites de concurrencia competitiva habitualmente exigibles para subvenciones públicas. 📋 **Obligación de justificación rigurosa:** El beneficiario debe presentar documentación probatoria completa de gastos dentro de 12 meses; exige relación clasificada con acreedores identificados, fechas de emisión y pago, y facturas o documentos equivalentes aceptados en tráfico comercial. ⚠️ **Compatibilidad de ayudas:** Debe comunicarse expresamente cualquier otra financiación, subvención o recurso que cofinancien la actividad (art. 5.b); el incumplimiento puede constituir causa de reintegro. ✅ **Alineación con iniciativa española multilateral:** La subvención refuerza el liderazgo de España en el reconocimiento del agua y saneamiento como derechos humanos en Naciones Unidas, generando sinergias diplomáticas en política exterior. --- **VOTOS PARTICULARES** No aplicable. Instrumento normativo (Real Decreto), no decisión jurisdiccional. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de este Real Decreto, la normativa estatal y autonómica sobre subvenciones a organizaciones internacionales no gubernamentales (OINs) era limitada y poco específica, mientras que la Unión Europea ya contaba con marcos más desarrollados, como el Reglamento (CE) n.º 1905/2006, que establecía criterios claros para la concesión de subvenciones a ONGs. La importancia de este RD radica en que marca un avance en la política exterior española al permitir la concesión directa de subvenciones a OINs con fines humanitarios, alineándose con los objetivos de desarrollo sostenible y la defensa de los derechos humanos, especialmente en materia de agua y saneamiento.