Orden MinisterialNacionalvigente

Orden AEC/472/2010, de 16 de febrero, por la que se crean Oficinas Consulares Honorarias de España en Little Rock (Estado de Arkansas); Nueva Orleáns (Estado de Louisiana); Jackson (Estado de Mississippi) y en Nashville (Estado de Tennessee).

BOE-A-2010-3469Publicada: 03/03/2010MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-ORD — Orden AEC/472/2010, de 16 de febrero, por la que se crean Oficinas Consulares Honorarias de España en Little Rock, Nueva Orleáns, Jackson y Nashville ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** JURISDICCIÓN / FUENTE: ES / ES-BOE-ORD | ÓRGANO: Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación | TIPO: Orden Ministerial | FECHA: 16 de febrero de 2010 | IDENTIFICADOR: AEC/472/2010 | IDIOMA ORIGINAL: Español | MATERIAS: Derecho diplomático y consular; Relaciones internacionales; Asuntos consulares; Servicio Exterior del Estado | ÁMBITO: España-EE.UU. (Relaciones bilaterales) | RELEVANCIA IW: MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** La Orden establece la creación de cuatro Oficinas Consulares Honorarias de España en ciudades norteamericanas (Little Rock en Arkansas, Nueva Orleáns en Louisiana, Jackson en Mississippi y Nashville en Tennessee), con el propósito de reforzar la presencia diplomática española en esos territorios estadounidenses. --- **CONTEXTO (para entenderlo mejor)** El Ministerio de Asuntos Exteriores español identificó la necesidad de expandir su red consular honoraria en el sur y centro de EE.UU., donde residían comunidades españolas y potenciales interlocutores comerciales y diplomáticos. Las nuevas oficinas dependerían del Consulado General de España en Houston, existente desde hace años. Este tipo de presencia consular es habitual entre Estados para simplificar gestiones administrativas y protección de sus ciudadanos. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La Orden, por iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior y conforme a propuesta del Consulado General de España en Houston, crea cuatro Oficinas Consulares Honorarias con carácter dependiente de dicho Consulado General. Cada oficina se establece con jurisdicción territorial específica: Arkansas para Little Rock, Louisiana para Nueva Orleáns, Mississippi para Jackson y Tennessee para Nashville. Los Jefes de cada Oficina ostentan la categoría de *Cónsul Honorario* conforme al Artículo 9 del Convenio de Viena sobre relaciones consulares de 24 de abril de 1963. Dicho Convenio internacional regula el estatuto, privilegios e inmunidades de los funcionarios consulares, y constituye el marco jurídico aplicable a estas designaciones. Los cónsules honorarios, a diferencia de los profesionales de carrera, suelen ser ciudadanos locales o residentes que asumen funciones consulares de forma complementaria. La Orden fue suscrita por Miguel Ángel Moratinos Cuyaubé, Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación en esa fecha. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** España abre cuatro "consulados pequeños" en ciudades estadounidenses para atender españoles residentes allí y facilitar trámites. Estos consulados honorarios son más ligeros que los de carrera completa, pero cumplen funciones consulares reales bajo supervisión del consulado mayor de Houston. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Carácter honorario:** Los cónsules designados ejercen funciones sin ser funcionarios diplomáticos profesionales; conviene verificar sus competencias reales y limitaciones en cada ubicación. ℹ️ **Relación con Tratado de Viena:** Las facultades, inmunidades y obligaciones de estos cónsules honorarios están reguladas por el Convenio de Viena de 1963, que establece el marco internacional aplicable a toda relación consular. 📋 **Dependencia jerárquica:** Las cuatro oficinas dependen del Consulado General en Houston; cualquier asunto escalado o conflictivo debe tramitarse a través de esa cadena de mando. ℹ️ **Relevancia transfronteriza:** Para españoles residentes en esos Estados norteamericanos o empresas con intereses en la región, esta orden amplía puntos de contacto con la Administración española; resulta especialmente relevante para comunidades hispanohablantes en el sur de EE.UU. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden AEC/472/2010, España contaba con una red consular limitada en Estados Unidos, con una presencia más concentrada en ciudades principales. La creación de Oficinas Consulares Honorarias en Little Rock, Nueva Orleáns, Jackson y Nashville reflejó una estrategia de expansión territorial y comunitaria, especialmente en regiones con importantes comunidades hispanohablantes. Esta medida contrasta con el modelo estatal y europeo, donde las representaciones consulares suelen ser más centralizadas. La importancia radica en fortalecer la relación bilateral y facilitar el apoyo a ciudadanos y empresas españolas en zonas geográficas con menor cobertura consular.

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