Orden MinisterialNacionalvigente

Orden TER/409/2010, de 18 de febrero, por la que se crea la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Política Territorial y se regula su composición y funciones.

BOE-A-2010-3099Publicada: 26/02/2010MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-ORD — Orden TER/409/2010, de 18 de febrero ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** ES / ES-BOE-ORD / Ministerio de Política Territorial / Orden Ministerial / 18.02.2010 / TER/409/2010 / Español / Administración electrónica, tecnologías de la información, órganos colegiados / Estatal / MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Esta orden crea la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Política Territorial, estableciendo su composición, funciones y relación de coordinación con el Consejo Superior de Administración Electrónica. Organiza internamente la gobernanza de tecnologías de la información y administración electrónica en el departamento. --- **CONTEXTO** El Real Decreto 589/2005 estableció la obligación de cada ministerio de crear comisiones de administración electrónica como órganos internos de coordinación en TI. La creación del Ministerio de Política Territorial mediante RD 542/2009 hizo necesaria su propia comisión. Se trata de un mecanismo de gobernanza administrativa que alinea la política ministerial con las directrices del sistema público de administración electrónica español. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La orden establece que la Comisión es un órgano colegiado adscrito a la Subsecretaría del Ministerio, con competencia sobre todos sus órganos. Funciona en Pleno y en Ponencia Técnica. El Pleno asume dieciséis funciones específicas: (a) elaborar el Plan Estratégico del Departamento en TI y administración electrónica, elevándolo al Consejo Superior; (b) vigilar cumplimiento de directrices acordadas por el Consejo; (c) tramitar a la Comisión Permanente del Consejo expedientes sujetos a informe técnico preceptivo; (d) emitir informes en expedientes de contratación de TI; (e) coordinar información para el Observatorio de Administración Electrónica; (f) informar proyectos de disposiciones generales e instrucciones que afecten sistemas de información; (g) asesorar a órganos superiores del Departamento; (h) promover y evaluar planes parciales y proyectos de TI coordinando aquellos que afecten varios órganos; (i) adoptar medidas de normalización tecnológica; (j) promover formación en TI y administración electrónica; (k) impulsar servicios de Internet e Intranet garantizando seguridad; (l) coordinar medidas sobre adquisición de programas y propiedad intelectual; (m) informar establecimiento y modificación de servicios afectados por la Ley 11/2007, de 22 de julio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos; (n) aprobar Memoria anual; (o) gestionar inventario de ficheros electrónicos según Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos; (p) otras funciones que atribuya la normativa. La composición incluye: Presidente (titular de Subsecretaría), dos Vicepresidentes (Dirección General de Relaciones Administrativas y División de Sistemas de Información), vocales representando Gabinetes ministeriales, Direcciones Generales y Secretaría General Técnica, y Secretario designado entre funcionarios de la División de Sistemas de Información. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** El ministerio crea una comisión interna donde se reúnen los responsables de informática y administración electrónica para coordinar la política tecnológica, cumplir normas del sistema público y supervisar que todos los servicios digitales funcionen correctamente y de forma segura. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Obligación de estructura de gobernanza**: Las administraciones públicas españolas requieren órganos colegiados de coordinación en administración electrónica, conforme al RD 589/2005, como marco regulatorio básico para toda política de TI pública. ℹ️ **Relevancia transfronterizo-normativa limitada**: Aunque es estructura interna española, su función de garantizar "acceso electrónico efectivo" (Ley 11/2007) alinea con estándares europeos de interoperabilidad administrativa, relevante para entidades con operaciones en contextos transfronterizos. ⚠️ **Interdependencia de reales decretos**: La orden remite a múltiples normas (RD 589/2005, 542/2009, 640/2009, 1040/2009) cuya modificación futura puede alterar funciones, composición o la propia existencia de la Comisión. 📋 **Gestión de datos sensibles**: La Comisión asume función específica de inventario de ficheros electrónicos bajo LORGPD (disposición o) —exigencia de cumplimiento normativo en protección de datos que impacta procedimientos internos. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden TER/409/2010, el sistema de administración electrónica en España se regía principalmente por el Real Decreto 589/2005, que obligaba a los ministerios a crear comisiones internas de coordinación en tecnologías de la información. La creación del Ministerio de Política Territorial mediante el RD 542/2009 exigía una estructura específica para su gestión digital. Esta orden establece la Comisión Ministerial de Administración Electrónica como órgano colegiado, alineando la política ministerial con las directrices nacionales y europeas, lo cual importa para garantizar una gobernanza coherente y eficiente en la transición digital del sector público.

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