Orden MinisterialNacionalvigente

Orden TER/652/2010, de 15 de marzo, por la que se crea la Sede Electrónica del Ministerio de Política Territorial.

BOE-A-2010-4452Publicada: 17/03/2010MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-ORD — Orden TER/652/2010, de 15 de marzo, por la que se crea la Sede Electrónica del Ministerio de Política Territorial ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ --- **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** | Aspecto | Valor | |--------|-------| | **Jurisdicción** | ES | | **Fuente** | ES-BOE-ORD | | **Órgano** | Ministerio de Política Territorial | | **Tipo** | Orden Ministerial | | **Fecha** | 15 de marzo de 2010 | | **Identificador** | TER/652/2010 | | **Idioma original** | Español | | **Materias** | Administración electrónica, derecho administrativo, procedimiento administrativo | | **Ámbito** | Estatal | | **Relevancia IW** | INFORMATIVA | --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Esta Orden crea la Sede Electrónica del Ministerio de Política Territorial (SEMPT), un portal digital oficial donde ciudadanos realizan gestiones administrativas con garantías de autenticidad y seguridad. Establece sus características técnicas, contenidos obligatorios y responsabilidades organizativas. --- **CONTEXTO (para entenderlo mejor)** La Ley 11/2007 reconoce el derecho de ciudadanos a usar medios electrónicos con la administración. El Real Decreto 1671/2009 desarrolla esa ley exigiendo que cada administración cree sedes electrónicas mediante orden ministerial publicada en el BOE. Esta orden implementa ese mandato para el Ministerio de Política Territorial, sustituyendo las antiguas "oficinas virtuales" con un sistema dotado de mayores garantías legales de seguridad, identificación y responsabilidad. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La SEMPT opera bajo el dominio https://sede.mpt.gob.es, protegido por certificado de sede que impide suplantaciones y garantiza conexiones seguras. Su titularidad corresponde a la Subsecretaría del Ministerio; la gestión tecnológica, a la División de Sistemas de Información y Comunicaciones; y la responsabilidad de contenidos y servicios, a los órganos superiores del Departamento, cada uno conforme a sus competencias legales. Incluye contenidos mínimos obligatorios: identificación del órgano titular y unidades responsables; información sobre correcto uso de la sede e información sobre propiedad intelectual; sistema de verificación del certificado de la sede y de sellos electrónicos (*electronic seals*); servicios de asesoramiento electrónico al usuario; relación de sistemas de firma electrónica admitidos; catálogo de trámites y servicios disponibles; cartas de servicios electrónica y ordinaria; fecha y hora oficial e indicación de días inhábiles; enlace a Boletín Oficial del Estado; enlace para sugerencias y quejas; comprobación de autenticidad e integridad de documentos mediante código seguro de verificación; acceso a estado de tramitación de expedientes; publicación electrónica de actos y edictos con indicación de carácter sustitutivo o complementario; información de protección de datos personales; enlace a Agencia Española de Protección de Datos; y referencias normativas (orden de creación de SEMPT, de Registro Electrónico, resolución de sellos electrónicos). Los canales de acceso comprenden: internet (con características definidas), registros presenciales (conforme Ley 30/1992), y teléfono (91 273 90 00). La sede debe cumplir principios de accesibilidad y usabilidad según normativa vigente, ampliando progresivamente sus contenidos a lenguas cooficiales españolas. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** La administración crea un portal web donde hacer gestiones de forma segura. El ciudadano sabe que está en un sitio auténtico porque tiene dominio especial (.gob.es) y certificado. Puede hacer trámites que requieren identificarse, consultar expedientes y presentar quejas. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** ✅ **Seguridad reforzada**: el dominio .gob.es y certificado de sede protegen frente a phishing y suplantación de identidad. 📋 **Contenidos obligatorios detallados**: la sede debe incluir específicamente catálogo de trámites, acceso a estado de expedientes, información de protección de datos y sistemas de verificación de documentos. ⚠️ **Responsabilidad compartida y descentralizada**: cada órgano superior del Ministerio es responsable de sus propios contenidos y servicios, requiriendo coordinación interna a través de la División de Sistemas. ℹ️ **Canales complementarios no eliminados**: a pesar de la prioridad digital, se mantienen obligatoriamente registros presenciales y atención telefónica para asegurar accesibilidad universal. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden TER/652/2010, la administración pública estatal y autonómica no contaba con un marco uniforme para la gestión electrónica, aunque la Ley 11/2007 ya establecía el derecho de los ciudadanos a usar medios electrónicos. La Orden implementa el Real Decreto 1671/2009, que exige a cada administración crear una sede electrónica. Este documento es relevante porque marca el inicio de la digitalización del Ministerio de Política Territorial, alineándose con la UE y las CCAA, y garantizando transparencia y seguridad en las gestiones administrativas.

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