Orden APA/997/2024, de 13 de septiembre, por la que se modifica el anexo I de la Orden APA/2442/2006, de 27 de julio, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la influenza aviar.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** La Orden APA/997/2024, de 13 de septiembre, es una norma del Ministerio de Agricultura que actualiza el listado oficial de zonas húmedas españolas consideradas de especial riesgo para la entrada de la gripe aviar (influenza aviar). Concretamente, modifica el anexo I de una orden anterior de 2006 que ya establecía medidas de protección frente a esta enfermedad animal. **¿A quién afecta?** Afecta principalmente a las personas, explotaciones ganaderas y actividades que se desarrollan en los humedales, marismas, riberas, franjas costeras y zonas lacustres incluidas en el nuevo listado, distribuidos por la mayoría de comunidades autónomas españolas, entre ellas Andalucía, Aragón, Cataluña, Extremadura, la Comunidad Valenciana, Murcia o el País Vasco, entre otras. **¿Qué cambia o establece?** La norma sustituye el antiguo listado de humedales de riesgo por uno nuevo y ampliado, que incorpora la información más reciente sobre concentraciones de aves silvestres y sus rutas migratorias, ya que estas aves son el principal vector de transmisión de la gripe aviar. En esas zonas actualizadas continúan siendo de aplicación las medidas específicas de bioseguridad que la normativa de 2006 ya exigía, como medidas preventivas para evitar que la enfermedad se transmita a las aves de corral y a las explotaciones avícolas cercanas.
💬 Contexto ciudadano
La influenza aviar de alta patogenicidad H5N1 (cepa 2.3.4.4b) provoca desde 2021 la oleada más grave registrada en Europa, afectando a aves silvestres y explotaciones avícolas en toda la UE. La Plataforma de Vigilancia Epidemiológica Animal y el Comité Permanente de Sanidad Animal de la UE coordinan los listados de zonas de riesgo. La Orden APA/997/2024 actualiza el Anexo I de humedales de riesgo conforme a los últimos datos de vigilancia, obligando a las explotaciones avícolas del entorno a reforzar las medidas de bioseguridad del Reglamento Delegado UE 2020/687. La actualización periódica del listado es una obligación derivada del Reglamento UE 2016/429 sobre enfermedades transmisibles de los animales, cuya correcta aplicación es objeto de auditorías de la Comisión Europea.